AAP Jaén 21/2010, 8 de Marzo de 2010

PonenteJOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
ECLIES:APJ:2010:56A
Número de Recurso62/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución21/2010
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

A U T O Núm. 21

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

Magistrados

D. RAFAEL MORALES ORTEGA

Dª. Mª FERNANDA GARCÍA PÉREZ

En la ciudad de Jaén, a Ocho de Marzo de dos mil diez.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, la Cuestión de Competencia suscitada en los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el núm. 881/09, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Linares, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 62/2010, a instancia de LINAQUA S.A., representada en la instancia por la Procuradora Dª. Consolación Patón Fernández y defendida por la Letrada Dª. Antonia Benítez Valiente contra D. Casimiro, en la que ha sido parte el MINISTERIO FISCAL.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho del Auto apelado, dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Linares con fecha 16 de Noviembre de 2009.

H E C H O S
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Auto que contiene la siguiente parte dispositiva: "DEBO DECLARAR Y DECLARO LA FALTA DE COMPETENCIA OBJETIVA DE ESTE JUZGADO PARA EL CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA, CORRESPONDIENDO EL CONOCIMIENTO A LOS ORGANOS DEL ORDEN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO".

SEGUNDO

Contra dicho Auto se tuvo por preparado primero y se interpuso después por la demandante, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.

TERCERO

Remitidas por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, y habiéndose oído al Ministerio Fiscal, se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 5 de Marzo de 2010 en la que ha tenido lugar quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA. ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se alza el apelante frente a la resolución que declare la falta de competencia del Juzgado para conocer la demanda interpuesta, correspondiendo conocer de la misma los Órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Recurso que funda en que los sujetos que intervienen en la relación jurídica,...

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