AAP Barcelona 46/2010, 24 de Marzo de 2010

PonenteINMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO
ECLIES:APB:2010:1648A
Número de Recurso374/2009
ProcedimientoINCIDENTE
Número de Resolución46/2010
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCION DECIMOSEXTA

ROLLO Nº. 374/2009 -A

Incidente de Impugnación de Intereses 1529/2008

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 38 BARCELONA

A U T O NUM. 46/2010

Ilmos. Sres.

DON AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS

DON JORDI SEGUÍ PUNTAS

DOÑA INMACULADA ZAPATA CAMACHO

En Barcelona, a veinticuatro de marzo de dos mil diez.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Incidente de Impugnación de Liquidación de Intereses, número 1529/2008 (dimanante de los autos de Juicio Ejecutivo nº 89/1995) seguidos por el Juzgado Primera Instancia 38 Barcelona, a instancia de Edemiro, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jesús Miguel Acín Biota, contra Arquitectus Rega, S.L., representada por el Procurador D. Alejandro Torelló Campaña, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Edemiro, contra el Auto dictado el día cuatro de febrero de dos mil nueve por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva del Auto apelado es del tenor literal siguiente: "DISPONGO, desestimar la impugnación de intereses y en su consecuencia, se fijan como intereses devengados los propuestos por la ejecutante, en la cantidad de 72.878,24 euros. Con expresa imposición de las costas, a la impugnante, (ejecutada).".

SEGUNDO

Contra el anterior Auto se interpuso recurso de apelación por el impugnante Edemiro mediante escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma mediante escrito motivado. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente y tras denegarse la solicitud de práctica de prueba en esta alzada, se señaló para votación y fallo el día 11 de marzo de 2010.

Vistos siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Insiste D. Edemiro en esta alzada en la nulidad de la cesión a la entidad ejecutante, Arquitectus Rega SL, del crédito en su día reconocido a favor de BBVA en la sentencia firme de cuya ejecución se trata, al no haberle sido notificada en su momento. Ocurre que, habiendo sido aceptada dicha cesión por el Juzgado mediante providencia dictada el 30 de enero de 2006, desestimó el juez a quo la nulidad de actuaciones que por tal motivo había instado el ahora apelante mediante auto dictado en fecha 28 de enero de 2008, pronunciamiento ratificado el siguiente 25 de marzo . Resoluciones ambas que devinieron firmes y cuyos razonamientos, que por lo demás no ha desvirtuado el Sr. Edemiro, nos limitaremos a dar aquí por reproducidos.

SEGUNDO

No cabe entrar a analizar tampoco en este momento procesal el pretendido abuso de derecho que imputa el recurrente a la entidad ejecutante por razón del tipo de interés de demora aplicado (29%) en la impugnada liquidación de la que trae causa el presente recurso. Porque nos encontramos en fase de ejecución de una sentencia firme que en fecha 4 de diciembre de 1996 condenó, entre otros, al Sr. Edemiro al pago de la suma...

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