STSJ Cataluña , 22 de Junio de 2000

ECLIES:TSJCAT:2000:8409
Número de Recurso1568/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Recurso n° 1568/1996 SENTENCIA N° 674/2000 En la ciudad de Barcelona, a veintidós de junio de dos mil. DOÑA ANA RUBIRA MORENO, MAGISTRADA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION QUINTA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo número 1568/1996, interpuesto por DON Casimiro , representado y dirigido por si mismo, contra el AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado por el Procurador DON CARLES ARCAS HERNANDEZ y dirigido por la Letrada Consistorial DOÑA TERESA LOPEZ ZEA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la actora se interpuso recurso contra la resolución dictada el 28 de febrero de 1996 por el Alcalde de Barcelona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y Fallo, actuación que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este de este pleito se han observado las prescripciones legales. Se significa que esta sentencia se dicta por un solo Magistrado al amparo de la Disposición Transitoria Unica de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio , y del Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de abril de 1999.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso contra la resolución dictada el 28 de febrero de 1996 por el Alcalde de Barcelona, que impone al funcionario agente de la Guardia Urbana Don Casimiro una sanción de tres meses de suspensión de funciones con pérdida de retribuciones por la comisión de sendas infracciones disciplinarias de carácter grave, tipificadas en el 49 apartados a) y o) de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de Policías Locales de Catalunya .

La pretensión anulatoria de la resolución recurrida la sustenta la parte actora en la falta de prueba de los hechos que se imputan al recurrente y en la caducidad del procedimiento.

SEGUNDO

En la resolución del presente recurso...

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