STSJ Andalucía , 18 de Febrero de 2010

PonenteVICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ
ECLIES:TSJAND:2010:2918
Número de Recurso132/2008
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

Dña. María López Luna Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía.

CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala lo siguiente:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA

SECCIÓN TERCERA.

RECURSO Núm. 132/2008

Registro General Núm. 529/2008

SENTENCIA

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez. Presidente.

Don Eloy Méndez Martínez.

Don Guillermo del Pino Romero.

En la ciudad de Sevilla, a dieciocho de febrero del año dos mil diez.

Vistos por la Sala en Sevilla de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los autos correspondientes al recurso seguido en esta Sección Tercera con el núm. 132/2008, interpuesto por la Administración de la Junta de Andalucía, representada y defendida por el Letrado don Antonio Gayo Rubio, contra el Ayuntamiento de San Fernando, representado y defendido por el Letrado don Jesús María Cañas Moya. La cuantía del recurso es indeterminada. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Administración recurrente se interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Ayuntamiento de San Fernando de 2 de marzo de 2007 por el que se aprueba el acuerdo de mejoras de las condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio de dicho Ayuntamiento, correspondiente al período 2007-2009.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora solicitó la nulidad del acuerdo impugnado, en los términos allí interesados.

TERCERO

Por la Administración se contestó a su vez en el sentido de oponerse, solicitando la inadmisibilidad y, subsidiariamente, la desestimación del recurso. Sin ser recibido el recurso a prueba por las razones en su día expresadas, se dio ocasión a las partes para que formularan sus escritos de conclusiones, quedando a continuación las actuaciones conclusas para sentencia.

CUARTO

En la presente causa se han observado las prescripciones legales, salvo las relativas a determinados plazos procesales, debido a la acumulación de asuntos ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día de ayer en el que, efectivamente, se ha deliberado, votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso el Acuerdo del Ayuntamiento de San Fernando de 2 de marzo de 2007 por el que se aprueba el acuerdo de mejoras de las condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio de dicho Ayuntamiento, correspondiente al período 2007-2009. La Administración recurrente solicita la nulidad de determinados preceptos y regulaciones del referido acuerdo, siendo los motivos de impugnación la apreciación de "irregularidades" derivadas de la vulneración de "los principios de jerarquía normativa y competencia, a tenor de lo dispuesto en los artículos 51 y 52 de la LRJPAC ", interesando que deben dejarse sin efecto conforme al también invocado artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción .

SEGUNDO

Antes de resolver sobre estas pretensiones, nos hemos de ocupar de la alegación de inadmisibilidad opuesta por el Ayuntamiento demandado que alega haberse interpuesto el recurso contencioso fuera de plazo. Se expone que, a tenor del art. 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, cual es el caso, desee impugnar un acuerdo municipal puede, o bien impugnarlo directamente en vía contenciosa, o bien requerir al Ayuntamiento para que anule el acuerdo, lo que debe hacerse en el plazo de quince días hábiles, y si este requerimiento es desatendido interponer recurso contencioso, computándose entonces el plazo a partir de la fecha en...

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