STSJ Andalucía , 11 de Febrero de 2010

PonenteELOY MENDEZ MARTINEZ
ECLIES:TSJAND:2010:2840
Número de Recurso76/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

Dña. María López Luna Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía.

CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala lo siguiente:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

(SEDE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA.

RECURSO Núm. 76/07

Ilmos. Sres.

D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, Presidente

D. Eloy Méndez Martínez

D. Guillermo del Pino Romero

SENTENCIA

En Sevilla, a 11 de febrero de 2010

Vistos los autos citados, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora Dña. Clemencia y Dña. Flor, y parte demandada la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, turnándose la ponencia al Iltmo. Sr. D. Eloy Méndez Martínez, se ha dictado ésta de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 23-1-07, y dentro de legal plazo, se presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso contencioso- administrativo, acompañando los documentos exigidos por el artículo

45 LJCA .

Segundo

Verificada la concurrencia de los requisitos legalmente prevenidos y remitido por la Administración el expediente administrativo interesado junto con justificación de haberse practicados los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la ley rituaria contenciosa, se acordó entrega al recurrente para deducción de demanda en el plazo de 20 días. Presentada la misma, se dio traslado a las partes demandadas para contestación en idéntico plazo.

Tercero

Por auto de 17-4-08 no se recibió el procedimiento prueba, quedando el procedimiento pendiente de deliberación y fallo.

Cuarto

Señalado para votación y fallo el día de ayer, el presente recurso fue efectivamente deliberado, votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El objeto del presente recurso contencioso administrativo se centra en determinar la conformidad o disconformidad a derecho de la resolución de 13-11-06 de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, que desestimó presuntamente por silencio administrativo la reclamación patrimonial planteada por las ahora recurrentes por la muerte de

D. Marcos . Se reclaman 119.858,54 #.

Segundo

De la valoración del expediente, y por estar así recogidos en los hechos probados en la sentencia de 2-4-01, dictada por el juzgado de menores número 2 de Málaga, confirmada en apelación por otra de 12-7-01, dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, se considera acreditado: que el día 14-5-00, sobre las 16,30 horas, en un bar de la Barriada del Palo, en Málaga, el entonces menor de edad Victorio, quien se encontraba disfrutando de un permiso de salida de fin de semana del Centro de Internamiento La Jara, dependiente de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, y donde se encontraba en cumplimiento de una medida de reforma por la Comisión de hechos delictivos de carácter violento contra la integridad física de las personas, circunstancia esta conocida por muchas personas de la barriada, se acercó en actitud violenta y exaltada hacia un joven que se encontraba sentado en la terraza del mismo, y con cuya familia, al parecer, existían ciertos conflictos anteriores, retándole a pelearse con él. No aceptando el reto dicho joven, quien pretendió eludir todo enfrentamiento, no haciendo caso a las provocaciones de Victorio, y creándose en el establecimiento un alto clima de tensión.

Los anteriores hechos fueron presenciados por D. Marcos, hombre joven y de complexión fuerte, quien conocía al joven que estaba siendo molestado, y salió en su ayuda, diciéndole a Victorio que no causara problemas ni escándalo y que si quería pelearse lo hiciera con él, reto este ahora dirigida hacia Victorio, que no fue aceptado por éste, marchándose del lugar sin conseguir su propósito de reñir con el joven referido, y molesto por la intervención del Sr. Marcos .

Posteriormente, aquel mismo día, y ya por la noche, el Sr. Marcos, se encontraba sobre las 23,30 horas sentado en un banco del Paseo Marítimo de la referida barriada en compañía de un grupo de amigos, y hacia él se dirigió Victorio, ahora provisto de una pistola (se desconoce si real o simulada) y de un cuchillo tipo japonés, de unos 20 cm de hoja, con doble filo cortante, escondidas dichas armas entre sus ropas, estando acompañado Victorio de tres amigos, quienes se mantienen expectantes, mientras Victorio, muy alterado y actitud agresiva, se enzarzan una discusión verbal con el Sr. Marcos, durante la cual, algunos de los acompañantes de este último, se retiran temerosos de lo que pudiera ocurrir, sacando Victorio de entre sus ropas una pistola que portaba, enseñándosela a Marcos, quien no se amilana y se mantiene de pie observando a Victorio y el grupo de acompañantes del mismo, uno de los cuales le dice a Victorio "te vas a buscar una ruina". Victorio, a su vez habla con sus amigos, afirmando "esto no va a quedar así", consiguiendo que guardara la pistola, y, mientras tanto, se mantiene de pie Marcos expectante y mirando hacia el grupo de Victorio y sus amigos, abriéndose a continuación el joven acusado la cazadora que vestía, extrayendo de entre sus ropas el cuchillo, que desenvaina, arrojando al suelo la funda, y se dirige hacia Marcos, interviniendo uno de los amigos de aquel, y le intenta coger por detrás agarrándolo de la cazadora, desembarazándose Victorio de su amigo, desprendiéndose de la referida prenda y, acercándose hacia Marcos, a quien acomete con el cuchillo, lanzándole una primera cuchillada a la altura del cuello, que el agredido logra esquivar, agachándose, e intenta coger la mano del atacante para desarmarlo, no consiguiéndolo, al resultar herido en la palma de su mano derecha con una herida inciso-cortante, tras lo cual Victorio descarga sobre el cuerpo de Marcos once puñaladas, tres de las cuales alcanzan su hemitórax izquierdo, cuatro la zona inguinal, y cuatro la zona dorsal, produciéndole un total de 13 heridas, incluyendo la de la mano derecha, al tener una de las puñaladas de la zona inguinal dos orificios, uno de entrada y otro de salida. Heridas...

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