SAP Valencia 107/2010, 24 de Febrero de 2010

PonenteMARIA PILAR EUGENIA CERDAN VILLALBA
ECLIES:APV:2010:1303
Número de Recurso53/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución107/2010
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000053/2010

Sección Séptima

SENTENCIA Nº107

SECCION SEPTIMA

Ilustrísima Señora Magistrada Ponente:

DOÑA PILAR CERDAN VILLALBA.

En la Ciudad de Valencia, a veinticuatro de febrero de dos mil diez.

Vistos, por la Ilma.Sra.Magistrada DOÑA PILAR CERDAN VILLALBA, de la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 000399/2008, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE CATARROJA, entre partes; de una como demandante - apelante/s TELEFONICA DE ESPAÑA S.A., dirigido por el/la letrado/a D/Dª. MARIA PILAR ALCAIDE CAPILLA y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARIA ANGELES MIRALLES RONCHERA, y de otra como demandados - apelado/s COPITRANS S.L. y ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., dirigida por el/la letrado/a D/Dª. MIGUEL ANGEL OLMEDILLA CABREJAS y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARGARITA SANCHIS MENDOZA.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDAN VILLALBA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE CATARROJA, con fecha 21 de mayo de 2009, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Doña Maria Ángeles Miralles Ronchera, en nombre y representación de la mercantil Telefónica de España Sociedad Anónima Unipersonal, contra la entidad aseguradora Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A y contra la mercantil Copitrans S.L. debo de condenar y condeno a los demandados a abonar conjunta y solidariamente a la actora la suma de seiscientos cuarenta y tres euros con cincuenta y un céntimos (643,51#) más los intereses legales indicados en el fundamento cuarto.Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día veintidós de febrero de dos mil diez para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se formula la actora en base a que,la sentencia de instancia que estimó en parte su demanda entendiendo que su responsabilidad era concurrente en un 50% con la de la parte demandada,incurre en una errónea valoración de las pruebas pues los daños que sufrió el cable telefónico aéreo de su propiedad,se causaron sólo por la culpa del camión de la última al superar la altura de 4 metros que señala el art.58.2 del C.de Circulación mientras que los primeros eran visibles y sí estaban a la altura permitida al margen de la que regula de forma sólo orientativa la UNE 133100-4 .

La demandada se opuso al recurso,en esencia,por los propios Fundamentos de la sentencia y por los contrarios a él .

SEGUNDO

Esta Sala da por reproducida la Fundamentación Jurídica de la sentencia de instancia en lo que no se oponga a lo que se expondrá a continuación, en relación con los motivos del recurso, previa revisión de las pruebas para luego valorarlas a la luz de las normas y doctrina aplicables, partiendo de que

,el criterio valorativo de los tribunales de primer grado debe, por regla general, prevalecer,...

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