STSJ Murcia , 5 de Julio de 2000

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2000:2120
Número de Recurso2147/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº2.147/97 SENTENCIA nº642/00 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº642/00 En Murcia a cinco de julio de dos mil. En el recurso contencioso administrativo nº 2.147/97 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 3.011.391 ptas., y referido a: Intereses de demora por retraso en el pago de certificaciones.

Parte demandante: URBASER SA representada por el Procurador Don Juan Tomás Muñoz Sánchez y dirigido por el Abogado Sr.García Ruiz.

Parte demandada: Ayuntamiento de Mazarrón representado y defendido por el Letrado Don José

Pablo Martínez Talavera.

Acto administrativo impugnado: Resolución desestimatoria tácita por silencio administrativo dictada por el Ayuntamiento de Mazarrón de la reclamación de los intereses de demora en el retraso en el pago de las certificaciones nº1 99244/001, 9924/992, 99244/002, 9924/003, 9924/004 y 99244/005 por importe de 3.011.391 ptas. correspondiente a los servicios de Recogida Sólidos Urbanos y Limpieza Viaria en el

Municipio de Mazarrón.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la se declare la nulidad del acto presunto impugnado en cuanto negativo de la petición formulada por mi mandante del pago de intereses correspondientes a la demora en el pago de las certificaciones de obra que asimismo se expresan en los hechos y, en todo caso, declare el derecho de mi dicha representada al cobro de tales intereses, en cuantía de 3.011.391 ptas. condenando al Ayuntamiento demandado a hacerle efectiva dicha suma.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 6 de agosto de 1997 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 23 de junio de 2000.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

A la empresa recurrente le fue adjudicada la realización de los servicios de Recogida Sólidos Urbanos y Limpieza Viaria en el Municipio de Mazarrón, en virtud de la adjudicación del contrato el día 28 de marzo de 1995 por el pleno del Ayuntamiento. La Corporación abonó el importe de las certificaciones pero no sus intereses, por la que fueron reclamados en escrito presentado con fecha 31 de octubre de 1996, y como quiera que no obtuvo contestación solicitó la expedición de certificación de acto presunto, a los efectos prevenidos en el artículo 44 y concordantes de la Ley 30/92, a lo que tampoco obtuvo contestación expresa...

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