STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Diciembre de 2000
Ponente | VALERIANO PALOMINO MARIN |
ECLI | ES:TSJM:2000:15810 |
Número de Recurso | 1625/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Proc. Sr. Pinto Marabotto A. del E. Proc. Sr. Rodríguez Nogueira TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1625 de 1997 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N° 1271 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a veintiséis de diciembre de dos mil. Visto el recurso n° 1625 de 1997 interpuesto por Iberia Líneas Aéreas de España Sociedad Anónima, representada por el Procurador don José Luis Pinto Marabotto y defendida por el Letrado don Antonio García Torres, contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de junio de 1997 confirmatorio en recurso ordinario de la de 20 de noviembre de 1996 que concedio el registro de la marca nacional 2.000.183 BRICO IBERIA con gráfico; habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía y Geiserama Sociedad Anónima Laboral, representada por el Procurador don Ramón Rodríguez Nogueira y defendida por el Letrado don Juan P. Garbayo Blanch.
La cuantía del recurso es indeterminada.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Abogado del Estado contestó a la demanda oponiendo sus propias alegaciones y pidiendo la desestimación del recurso.
La representación procesal de la parte codemandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se tuvieron por reproducidas las obrantes en las actuaciones.
Las partes cumplimentaron el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, tras lo cual se señaló para deliberación y Fallo del recurso el día 22 diciembre en curso.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
En el presente proceso la recurrente impugna las mencionadas resoluciones por las que se concedio el registro de la marca BRICO IBERIA, con gráfico, a favor de la hoy codemandada que la había solicitado para distinguir los...
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STS, 22 de Julio de 2004
...de 2000 por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso número 1625/1997, sobre marca número 2.000.183, "Brico Iberia"; es parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por Abogado del Estado, e "IBERIA......