STSJ Comunidad de Madrid 10177/2010, 11 de Marzo de 2010
Ponente | JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ |
ECLI | ES:TSJM:2010:4283 |
Número de Recurso | 1860/2009 |
Procedimiento | APELACIÓN |
Número de Resolución | 10177/2010 |
Fecha de Resolución | 11 de Marzo de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 10177/2010
Recurso: Apelación nº. 1860/2009
Ponente: ILMO. SR. D. JUAN IGNACIO PÉREZ ALFÉREZ
Recurrente: D. Patricio
Letrada: Dª. María Olga Bermejo Hernández
Demandado: DELEGACIÓN DEL GOBIERNO
Representante: Abogado del Estado
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM.- 177
ILTMO. SR. PRESIDENTE
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. JUAN IGNACIO PÉREZ ALFÉREZ
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
..............................................
En Madrid, a once de marzo de dos mil diez.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso 1860/2009, interpuesto por la letrada Dª. María Olga Bermejo Hernández, en nombre y representación de D. Patricio, contra el auto de 19 de junio de 2009, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 22 de Madrid, en pieza separada de medidas cautelares P.A. nº. 453/09; habiendo sido parte apelada la Delegación del Gobierno en Madrid, representada por el Abogado del Estado.
La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.
Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 11 de marzo de 2010.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN IGNACIO PÉREZ ALFÉREZ.
La representación procesal de D. Patricio ha promovido un recurso de apelación contra el auto de 19 de junio de 2009, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 22 de Madrid, en pieza separada de medidas cautelares P.A. nº. 453/09, que denegó la suspensión de la ejecutividad de los actos administrativos recurridos, de fecha 21 de julio de 2008, resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, que acordó el archivo de la solicitud de tarjeta de residente familiar al recurrente.
La pretensión de la parte actora no puede ser atendida lo que supone la desestimación de este Recurso, por las razones que se exponen a continuación.
Este Tribunal comparte y asume los argumentos jurídicos desarrollados en la resolución recurrida. Además de dichos argumentos debe tenerse en cuenta, si bien el ámbito jurisdiccional, pero perfectamente trasladable al administrativo, que debe recordarse la doctrina contenida entre otras -por citar algunas de las más recientes- en las Sentencias del Tribunal Supremo de 17 de julio de 2002, 22 de abril de 2002, 16 de marzo de 2002, 15 de junio de 2001, 9 de marzo de...
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