SAN 19/2010, 10 de Marzo de 2010

PonenteJAVIER MARTINEZ LAZARO
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 1ª
ECLIES:AN:2010:2537
Número de Recurso18/2009

ROLLO DE LA SALA Nº 18/09

SUMARIO Nº 16/2000

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 3

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Penal

Sección Primera

Presidenta:

Dª. Manuela Fernández Prado

Magistrados:

D. Javier Martínez Lázaro (ponente)

D. Nicolás Poveda Peñas.

SENTENCIA Nº 19/2010

En Madrid a 10 de Marzo de 2010.

Este Tribunal ha visto en juicio oral y público la causa referenciada seguida por asesinato terrorista y estragos terroristas

Han sido partes como partes acusadoras el Ministerio Fiscal, representado por D. Agustín y como acusación particular doña Trinidad, representada por el procurador don José Pedro Vila Rodríguez, defendida por el letrado don Juan Carlos Rodríguez Segura

Como acusados comparecieron:

Eleuterio, nacido en el 21 de febrero de 1964 en Vitoria hijo de Santiago y de Victoria, sin antecedentes penales al tiempo de los hechos ; y Isaac nacido el 23 de abril de 1976 en Vitoria, hijo de Felipe y de María del Carmen, sin antecedentes penales al tiempo de los hechos, representados por el procurador don Javier Cuevas Rivas y defendidos por el letrado don Iker Urbina, en prisión provisional ambos por esta causa.

  1. ANTECEDENTES DE HECHO 1.- Las actuaciones se iniciaron por el Juzgado Central de Instrucción número 3 el día 23 de Octubre de 2000, incoando sumario con el número 16/2000. Por auto de fecha 11 de marzo de 2008 se acordó el procesamiento de los acusados. El sumario se recibió en esta Sala en fecha 4 de marzo de 2009. El día 18 de febrero de 2010 se celebró el juicio oral con comparecencia de las partes.

    1. - El Ministerio Fiscal consideró los hechos como constitutivos de Delito de asesinato terrorista del artículo 572.1.1°, en relación con el artículo 139.1º, del Código Penal y de un delito de estragos terroristas art. 571 en relación con el 346, vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la L.O. 7/2000, de 22 de diciembre, del Código Penal.

      Consideró responsables criminalmente en concepto de autoría por cooperación necesaria a los procesados: Art. 27 y 28, párrafo 2°, apartado b), del Código Penal y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, pidió se impusiese, a cada uno de los procesados, por el delito de asesinato terrorista la pena de 25 años de prisión y accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, y por el delito de estragos terroristas la pena de 15 años de prisión y accesoria de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena. Solicitó se impusiese a ambos acusados las prohibiciones de aproximación y comunicación con la viuda e hija de la víctima por tiempo de 5 años, así como la de volver a acudir a la localidad de Vitoria-Gasteiz, Territorio Histórico de Álava, o al lugar de residencia de los familiares mencionados por el mismo tiempo, al amparo de lo dispuesto en los artículos 48 y 57 del Código Penal, en su redacción dada por Ley Orgánica 14/1999, de 9 de junio, y costas procesales en proporción.

      Por vía de responsabilidad civil, los procesados serán condenados a indemnizar, conjunta y solidariamente, a Da Trinidad, viuda de la víctima, en la cantidad de 300.000 euros; a Da María Milagros, hiia menor de la víctima, en la cantidad de 300.000 euros; al Estado-Ministerio del Interior, en la cantidad de 23 millones de pesetas (138.232'78 euros); y al Consorcio de Compensación de Seguros, en las cantidades abonadas a los perjudicados.

    2. - La acusación particular coincidió en su calificación con el Ministerio Fiscal, si bien solicitó en concepto de indemnización para Dª Trinidad y para Dº María Milagros la cantidad de 600.000 euros para cada una de ellas.

    3. - La defensa consideró que los hechos no eran constitutivos de delito cometido por sus representados y pidió la libre absolución de ambos.

  2. HECHOS PROBADOS

    Eleuterio (alias " Farsante " " Nota "),y Isaac eran miembros de la organización terrorista "ETA". En el año 2.000 ambos integraban uno de los denominados "comandos de información" al servicio de la precitada organización.

    Isaac había habitado en casa de sus padres en la CALLE000 de Zumárraga n° NUM000, NUM001 NUM002, de Vitoria-Gasteiz. Aunque a partir de 1996 se trasladó a una vivienda cercana en la misma calle seguía frecuentando el domicilio familiar. Tenía conocimiento de que en el mismo inmueble, en el piso NUM003 - NUM002, vivía el funcionario de prisiones Eusebio, quien aparcaba su vehículo en el garaje del inmueble. Aprovechando esta circunstancia transmitió a Eleuterio información precisa sobre las circunstancias personales de dicho funcionario, su dirección, su vehículo y la ubicación de su plaza de garaje, facilitándole una llave de acceso al mismo, información trasladada por éste último así como la llave de acceso al garaje, a miembros de la organización terrorista "ETA" que decidió atentar contra el citado funcionario en el curso de una campaña de la banda terrorista contra "el poder judicial y carceleros". Utilizando dicha información, miembros no identificados de dicha organización colocaron un artefacto explosivo del tipo lapa, a la altura del asiento del conductor, en los bajos de del turismo CITROEN modelo Xsara de color azul y con placa de matrícula ME-....-H, propiedad del citado funcionario que se hallaba estacionado en la plaza NUM004 del garaje comunitario de la CALLE000 de Zumárraga núm. NUM005 . Este artefacto era de iniciación eléctrica y con una trampa antimovimiento.

    Sobre las 7,45 horas del día 22 de Octubre de 2000 cuando D. Eusebio intentaba poner en marcha el citado vehículo se produjo la explosión del artefacto que le ocasionó la muerte en los momentos inmediatamente posteriores como consecuencia del shock traumático y la hemorragia con afectación de centros y órganos vitales.

    La autoría de la acción fue reivindicada por la organización terrorista "ETA" en comunicado emitido por la misma y publicado en el diario "GARA" de fecha 19 de Noviembre de 2000. D. Eusebio, nacido el 21 de Noviembre de 1958, era al tiempo de su fallecimiento funcionario de Instituciones Penitenciarias, con destino en el Establecimiento Penitenciario de NANCLARES DE OCA (ÁLAVA), habiendo percibido durante el año 1999 la cantidad en concepto de retribuciones básicas y complementos de 4.400.698 pesetas brutas, y durante el año 2000 por el mismo concepto y hasta la fecha de su fallecimiento la cantidad de 3.936.332 pesetas; había contraído matrimonio con fecha 13 de Julio de 1992 con Da Trinidad, teniendo en común una hija nacida el 22 de Diciembre de 1988 de nombre María Milagros, y a las que, por Resolución de 4 de Mayo de 2001 de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, se las indemnizó con 11.500.000 pesetas a cada una de ellas

    Como consecuencia de la explosión se ocasionó la destrucción del vehículo del fallecido CITROEN XSARA 2 .0 HDEI EXCLUSIVE matrícula ME-....-H, cuyo valor venal se ha tasado en 2.025.000 pesetas

    (12.170,50 EUROS), habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la Cantidad de

    16.912,48 euros; y los siguientes daños en las Comunidades de Propietarios y en los vehículos estacionados en las plazas próximas a la núm. NUM004 del garaje comunitario de la CALLE000 de Zumárraga núm. NUM004 y NUM005 de Vitoria, donde se encontraba el vehículo del señor María Milagros

    1. - Comunidad de Propietarios: C/ CALLE000 de Zumárraga, NUM005 Garaje 1.242.576 pts,

      7.468,03 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de

      6.721,33 euros.

    2. - Comunidad de Propietarios C/ CALLE000 de Zumárraga, NUM004 Garaje 34.089 pts, 204,88 euros -, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 54,63 euros

    3. - Comunidad de Propietarios C/ CALLE000 de Zumárraga, NUM006 Garaje 22.411 pts, 134,69 euros.

    4. - Landelino : LAND ROVER DISCOVERY, WU-....-W 2.044.014 pts, 12.284.77 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 13.121.11 euros

    5. - Victoriano : MITSUBISHI GALANT, ME-....-.... .2083.346 pts, 12.521,16 euros, habiéndose

      abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 12.938,03 euros.

    6. - Ángel :HONDA, GO-....-G 426.627 pts, 2.564,08 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 2.443.88 euros.

    7. - Felicisimo : RENAULT 19 GTS, CI-....-W 303.000 pts, 1.821,07 euros, habiéndose abonado el valor venal del vehículo, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 1801,59 euros .

    8. - Onesimo : FORD MONDEO 1.8 QO-....-Q, 424.597 pts, 2.551,88 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 2.510,35 euros.

    9. - Luis Pedro : HYUNDAI ACCENT 1.3 ZE-....-D, 327.627 pts, 1.969.08 euros

    10. - Antonio : SEAT CÓRDOABA 1.6, WA-.... -579.546 pts, 3.483,14 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 3.368'71 euros.

    11. - Fructuoso : RENAULT MEGANE SCENIC, JA-....-N 341.684 pts 2.054,64 euros -, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 1.849.18 euros.

    12. - Paulino : RENAULT 5 GTL, NU-....-N, 142.282 pts 855,13 euros 13.- Jesús Carlos : HYUNDAI ACCENT 1.5, YE-.... -151.728 pts 911,90 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 865'02 euros.

    13. - Noelia : SKODA OCTAVIA 1.9 TDI, YE-....-Y 1.721.000 pts, 10.343,42 euros

    14. - Cesar : MAZDA 323 F, LA-....-F, 87.684 pts, 526.99 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 474,29 euros

    15. - Carolina : RENAULT SCENIC, QU-....-F 170.739 pts 1.026,16 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 921,89 euros. 17 - Nicanor : FORD FIESTA, PA-.... -134.177 pts, 806.42 euros.

    16. - Marco Antonio : VOLKSWAGEN GOLF, FE-....-...., 174.869 pts 1050,98 euros, habiéndose abonado por el Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 959.81 euros

    17. - Cristobal : NISSAN PRIMERA, FE-....-F, 154.672 pts, 929,60 euros,...

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