STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Noviembre de 2000

PonenteCONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
ECLIES:TSJM:2000:13801
Número de Recurso2613/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

SECCIÓN CUARTA Recurso n° 2613/2000 Sentencia n° 746/2000 C.A. Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Luelmo Millán Presidente Ilmo. Sr. D. José Luis Gilolmo López Ilma. Sra. Dª. Concepción R. Ureste García En Madrid, a dieciséis de noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación n° 2613/2000 interpuesto por el Letrado Gonzalo Vidal Beneyto, en nombre y representación de Paula , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 32 de los de MADRID, siendo recurrido la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ha sido Ponente el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Da Concepción R. Ureste García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos n° 528/99 del Juzgado de lo Social n° 32 de los de Madrid , se presentó demanda por Paula , contra la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de alta en RETA, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en catorce de enero de dos mil , en la que se declaró lo consignado en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El Organismo demandado, mediante resolución de 10 de mayo de 1999, comunicó alta/baja de oficio en el Régimen especial de Trabajadores Autónomos de la parte actora, con fecha de alta 1-1-94 y fecha de baja 31-12-97.- SEGUNDO.- Se agotó la vía previa con silencio administrativo.- TERCERO.- Se levantaron actas de liquidación de la Inspección Provincial de Trabajo de Madrid, n°

NUM000 La NUM001 , que fueron impugnadas estando pendientes de resolución a la fecha de la demanda.- CUARTO.- El origen se encuentra en la prestación de servicios de la actora como agente de seguros en la empresa Ocaso, Seguros y reaseguros, S.A.- QUINTO.- Solicita se anule la resolución inicial de alta y baja de oficio en el RETA, declarando que esta parte no se encuentra dentro del campo de aplicación del lRégimen Especial de Trabajadores Autónomos.- TERCERO.- TERCERO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala, proveyéndose ulteriormente la fecha de deliberación, votación y Fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con carácter previo al examen de los concretos motivos de suplicación interpuestos, la Sala ha de examinar la aportación de documentos que lleva a cabo la misma parte procesal reseñando los arts. 506 LEC y 231 TRLPL .

La conclusión desestimatoria de su admisión le impone la circunstancia de no resultar los mismos incardinados en tales preceptos, pues están fechados con anterioridad al acto del juicio y no se ha acreditado la imposibilidad de su obtención antes de ese momento, amén de tratarse de meras fotocopias ilegibles.

I SEGUNDO.- El primer motivo de suplicación articulado por la dirección letrada de la parte...

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