STSJ Asturias 1179/2010, 16 de Abril de 2010

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2010:1617
Número de Recurso679/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1179/2010
Fecha de Resolución16 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01179/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2010 0100697, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 679/2010

Materia: OTROS DCHOS. LABORALES

Recurrente/s: Plácido

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO de DEMANDA 653/2009

SENTENCIA Nº: 1179/2010

ILTMOS. SRES.

Dª MARÍA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ

Dª PALOMA GUTIÉRREZ CAMPOS

  1. JOSÉ MANUEL BUJÁN ÁLVAREZ

En OVIEDO a dieciséis de abril de dos mil diez, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el

artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA En el RECURSO DE SUPLICACIÓN 679/2010, formalizado por el Letrado D. Ángel Serna Martínez, en nombre y representación de D. Plácido, contra la sentencia de fecha dieciocho de enero de dos mil diez, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 653/2009, seguidos a instancia del citado recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA, representado por el Abogado del Estado, en reclamación de OTROS DCHOS. LABORALES, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha dieciocho de enero de dos mil diez por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - El actor D. Plácido, suscribió con el Instituto Nacional de Estadística los siguientes contratos:

    - Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado en fecha 4 de abril de 2005 para prestar servicios con la categoría de Técnico de la Administración, a tiempo completo, con jornada de 37,5 horas semanales, siendo el objeto del contrato la realización de la Encuesta de Condiciones de Vida, prevista en el Plan de Actuación del Instituto Nacional de Estadística para el año 2005, al no existir personal fijo suficiente para acometer la obra descrita.

    - Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado en fecha 3 de octubre de 2005 para prestar servicios con la categoría de Técnico de la Administración, a tiempo completo, con jornada de 37,5 horas semanales, siendo el objeto del contrato la Encuesta sobre Estructura de las Explotaciones Agrícolas, prevista en el Plan de Actuación del Instituto Nacional de Estadística para el año 2005 al no existir personal fijo suficiente para acometer la obra descrita.

    - Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado en fecha 27 de marzo de 2006 para prestar servicios con la categoría de Técnico Superior de la Administración, a tiempo completo, con jornada de 37,5 horas semanales, siendo el objeto del contrato la Encuesta de condiciones de vida, prevista en el Plan de Actuación del Instituto Nacional de Estadística para el año 2006, al no existir personal fijo suficiente para acometer la obra descrita.

    - Contrato de trabajo de duración determinada para la realización de obra o servicio determinado en fecha 16 de octubre de 2006 para prestar servicios con la categoría de Técnico Superior de Gestión, a tiempo completo, con jornada de 37,5 horas semanales, siendo el objeto del contrato la Encuesta Nacional de Inmigración prevista en el Plan de Actuación del Instituto Nacional de Estadística para el año 2006, al no existir personal fijo suficiente para acometer la obra descrita. La duración del contrato se extendió desde el 16 de octubre de 2006 hasta el momento en que finalicen las tareas específicas para las que es contratado.

    - Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado en fecha 5 de noviembre de 2007 para prestar servicios con la categoría de Técnico Superior de Gestión y Servicios comunes, a tiempo completo, con jornada de 37,5 horas semanales, siendo el objeto del contrato la Encuesta sobre Discapacidades, autonomía Personal y situaciones de dependencia. Dicha encuesta aunque prevista en el plan de actuación del INE para el año 2007, no pertenece al ciclo productor constante de la actividad de este Organismo, ya que su periodicidad es superior al año, habiendo tenido lugar la última en el año 1999. La duración del contrato se extendió desde el 5 de noviembre de 2007 hasta el momento en que finalicen las tareas específicas para las que es contratado, cuya duración se estima en 4 meses.

    - Contrato de trabajo por circunstancias de la producción en fecha 25 de marzo de 2008 para prestar servicios con la categoría de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, a tiempo completo, con jornada de 37,5 horas semanales, siendo el objeto del contrato la Encuesta de condiciones de Vida, encomendada al INE en su Programa de Actuación del año 2008 sin que exista personal fijo suficiente para acometerlas y aun tratándose de la actividad normal del Organismo. La duración del contrato se extiende desde el 15 de enero de 2009 hasta el 14 de julio de 2009.

    - Contrato de trabajo de interinidad en fecha 17 de abril de 2009 para prestar servicios con la categoría de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, a tiempo completo, con jornada de 37,5 horas semanales, siendo la duración del contrato desde el 17 de abril de 2009 hasta el 16 de abril de 2010, siendo el objeto del contrato la de ocupar la vacante de D. Pedro Antonio, contratado laboral durante el tiempo que permanezca de baja por jubilación anticipada.

  2. - Por Real Decreto 1126/2000 de 16 de junio se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2001-2004, que en este punto se da por reproducido.

  3. - Por Real Decreto 1911/2004 de 17 de septiembre se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2005-2008, que en este punto se da por reproducido.

  4. - Por Real Decreto 2125/2008 de 26 de diciembre se aprueba el Programa anual 2009 del Plan Estadístico Nacional 2009-2012, que en este punto se da por reproducido.

  5. - El actor ha sido contratado en virtud de su pertenencia a la bolsa de empleo.

  6. - El actor interpuso reclamación previa en vía administrativa. En fecha 29 de julio de 2009 se formula la presente demanda.

  7. - El actor no ostenta ni ha ostentado la cualidad de representante legal ni sindical de los trabajadores.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 de Oviedo desestimó la demanda formulada por el actor en pretensión de que se declare que la relación laboral que le une al Instituto Nacional de Estadística es, por fraudulenta, de carácter indefinido, y, subsidiariamente, de carácter indefinido discontinuo.

Frente a esta resolución articula el demandante un primer motivo de suplicación en el que, con el adecuado amparo formal, interesa la revisión de los hechos probados, en concreto la modificación de los ordinales 3º y 5º, así como la adición de dos nuevos, que serían el 4º y el 6º, a fin de que, en base a la prueba documental que cita, queden redactados en los términos expresados en el escrito de formalización del recurso, que se...

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