SAP Valencia, 26 de Abril de 2010
Ponente | JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO |
ECLI | ES:APV:2010:2094 |
Número de Recurso | 133/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
1 Rollo nº 000133/2010
Sección Séptima
SENTENCIA Nº
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
DOÑA MªCARMEN ESCRIG ORENGA.
Magistrados/as
DON JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.
DOÑA PILAR CERDAN VILLALBA.
En la Ciudad de Valencia, a veintiséis de abril de dos mil diez.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000106/2009, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 23 DE VALENCIA, entre partes; de una como demandante - apelante/s Erica, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. ESPERANZA GARCIA RINCON y representado por el/la Procurador/a D/Dª INMACULADA QUINTANA VERGARA, y de otra como demandados - apelado/s Rosario, Ricardo y Asunción, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JUAN IGNACIO MARTINEZ PERAN y representado por el/la Procurador/a D/Dª JUAN MIGUEL ALAPONT BETETA.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 23 DE VALENCIA, con fecha uno de diciembre de 2009, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda planteada por Doña Erica
, representada por la Procuradora Doña Inmaculada Quintana Vergara, contra Doña Rosario, D. Ricardo y Doña Asunción, representados por el Procurador D.Juan Miguel Alapont Beteta, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contra los mismos ejercitadas. Se imponen a la parte actora las costas del procedimiento."
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 21 de abril de 2010 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
El recurso de apelación, interpuesto por la representación procesal de la demandante contra la sentencia de instancia, la impugna al considerar que no valora en debida forma la prueba practicada e incurre en vicio de incongruencia por lo que interesa su revocación y, por el contrario, se dicte nueva sentencia que estime la demanda.
Entrando en el enjuiciamiento de los motivos de apelación, este tribunal considera necesario referirse a la pretensión de la demandante, oposición de la demandada y sentencia dictada al efecto de delimitar el ámbito del recurso, resultando: a) La demandante, ocupante de la vivienda nº NUM000 de la finca sita en Valencia, calle DIRECCION000 nº NUM001, formula demanda contra los ocupantes de la vivienda nº NUM002 para que se les condene a cesar en los ruidos y actividades que molestan y perturban la paz...
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