STSJ Comunidad de Madrid 428/2010, 8 de Abril de 2010

PonenteJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU
ECLIES:TSJM:2010:3411
Número de Recurso1749/2009
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución428/2010
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00428/2010

SENTENCIA No 428

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Da. Ángeles Huet Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

D. José Luis Quesada Varea

Dª. Berta Santillán Pedrosa

En la Villa de Madrid, a ocho de abril de dos mil diez. Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso de apelación nº 1749/2009, interpuesto por el Letrado del Ayuntamiento de Madrid en representación del Tribunal Económico Administrativo Municipal, contra el Auto de fecha 20 de abril de 2009, dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 25 de Madrid en la pieza separada de suspensión del procedimiento abreviado nº 115/2009. Ha comparecido como parte apelada D. Maximino representado por el Procurador de los Tribunales D. Adolfo Morales y Hernández San Juan.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 25 de Madrid dictó auto con fecha 20 de abril de 2009 en la Pieza Separada de Suspensión del P.A. 115/09, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"S.Sª por ante mí, el Secretario, ACUERDA: Dar Lugar a la medida cautelar interesada por el recurrente Maximino GUILLEN en el recurso interpuesto contra el TRI. ECONOM .ADMVO. MUNICIPAL MADRID,y en consecuencia se suspenden las liquidaciones de las tasas de los años 2009 y sucesivos, hasta que se resuelva el presente recurso, liquidaciones de las tasas correspondientes a los años 2006,2007 y 2008, por la modificación del art. 11 de la Ordenanza Fiscal, que ha sido declarada nula por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid, en Sentencia 1.532/07 de 28 de diciembre sin perjuicio de lo que pueda decidirse en sentencia; no se hace expresa declaración en cuanto a costas procesales."

SEGUNDO

El Letrado del Ayuntamiento de Madrid interpuso en fecha 28-7-09 recurso de apelación contra el citado auto, al que se opuso la parte actora.

TERCERO

La sección no consideró oportuna la celebración de vista, ni otro trámite, quedando los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo, señalándose al efecto el día 8 de abril de 2010 en que tuvo lugar.

CUARTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales. Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre en apelación el Auto de fecha 20-4-09, dictado por el Juzgado de lo contencioso administrativo nº 25 de Madrid, recaído en la pieza separada de suspensión del Procedimiento Abreviado nº 115/09.

En dicho Procedimiento la parte actora impugnaba la desestimación por silencio administrativo de la reclamación económico-administrativo interpuesta ante el TEAM en fecha 20-5-08 contra las tasas abonadas correspondientes a los años 2006,2007 y 2008 (importe total...

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