STSJ Comunidad de Madrid , 13 de Julio de 2000

PonenteJOSE LUIS NOMBELA NOMBELA
ECLIES:TSJM:2000:9551
Número de Recurso274/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

Rec num. 274/00 -SENTENCIA NUM. 834/00- CM Sección 3ª.- Sr. Fariñas Matoni.

Ilmo. Sr. D. Jose Luis Nombela Nombela.

PRESIDENTE Ilma. Sra D a Milagros Calvo Ibarlucea Ilmo. Sr. D. Javier Paris Marin Madrid trece julio de dos mil La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 274/00 interpuesto por DON JOSE ANGEL LOPEZ CABEZAS, Letrado, en representación de Dª Leonor contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm.

28 de Madrid, en su procedimiento núm. 204/99 , habiendo sido Ponente el ILMO. SR. D. Jose Luis Nombela Nombela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Leonor sobre acc de trabajo.

Viudedad y Orfandad, siendo demandados el INSS y otros y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 5.7.99 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

La actora, Dª Leonor , solicitó en fecha 3-11-98 pensión de viudedad y orfandad (en representación legal de sus tres hijos menores de edad), que le fueron reconocidas por Resoluciones de 1972-99 en unos Porcentajes respectivos del 45 %; y 55 %, sobre una base reguladora de 147.799 pts.

SEGUNDO

El esposo de la actora falleció el día 25-10-98, domingo, cuando bajaba las escaleras de su domicilio Particular para incorporarse a su centro dé trabajo.

TERCERO

Consta "acreditado que el día 25-10-98, domingo el esposo de la actora fue requerido para que se presentase en bu centro de trabajo para prestar sus servicios como vigilante Jurado, y cuando bajaba las escaleras de su casa, en el primer piso sintió un dolor precordial opresivo que le hizo caer sin respiración, falleciendo tras ser atendido por los Servicios de Asistencia Urgente del INSALUD una hora y media después, por parada cardiorespiratoria.

CUARTO

El informe de la autopsia reveló Arteriosclerosis en la raíz y cayado aórtico.

QUINTO

El actor prestaba servicios por cuenta de la empresa PROSEGUR, con la categoría de jefe de Equipo.

SEXTO

La base reguladora diaria en el caso de estimarse la demanda sería de 7.186 pts.

SEPTIMO

Pretende la actora que se declare que su esposo falleció a consecuencia, de accidente de trabajo, y se condene a la empresa demandada, y como subrogada en sus obligaciones a la Mutua ASEPEYO y al INSS a que le abonen el auxilio por defunción por importe de 5.000 pts, indemnización a tanto alzado de 6 meses de base reguladora por la esposa y una por cada hijo huérfano en la cuantía de 1.940.220 pts, y reconocimiento de las pensiones de viudedad y orfandad conforme a accidente de trabajo del 100 % de...

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