STSJ Comunidad de Madrid , 12 de Junio de 2000

PonenteCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
ECLIES:TSJM:2000:7625
Número de Recurso1647/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 1.647/98 SENTENCIA NÚM. 143 Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Clara Martínez de Careaga y García Doña Fátima Arana Azpitarte Don Fernando de Mateo Menéndez Don José Daniel Sanz Heredero En la Villa de Madrid, a doce de Junio de dos mil . Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.647/98, interpuesto por el Letrado D. Arturo Merelo Cueva, en representación de la COMUNIDAD DE MADRID, contra los acuerdos del Ayuntamiento de Collado-Villalba de 30-7-93 y de 5-8-93 por los que, respectivamente, se aprobaron definitivamente la modificación puntual del Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación 19.1 de las Normas Subsidiarias de dicho Municipio y la concesión a la mercantil MANILEX S.A. de la licencia de obra mayor para la construcción de un edificio comercial en la U.A. 19.1 " Los Valles" Han sido parte el Ayuntamiento de Collado-Villalba, representado por el Procurador D. Alejandro- González Salinas, la entidad mercantil MANILEX S.A., representada por la Procuradora Dª. Blanca Berriatua Horta, la sociedad PRYCA S.A., representada por el procurador D. José

Luis Cárdenas Porras y la Asociación de Comerciantes de Collado Villalba representada por el Procurador D. Francisco García Crespo, como parte coadyuvante de la actora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante la presentación del correspondiente escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 7 de Febrero del presente año, fecha en que tuvo lugar, habiéndose dado cumplimiento en la tramitación del presente procedimiento a todas las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar sentencia dada la excesiva carga competencial que pesa sobre esta Sala.

Siendo PONENTE la Magistrado lima. Sra. Dª. Clara Martínez de Careaga y García .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con el presente recurso contencioso-administrativo se impugnan por la Comunidad de Madrid los acuerdos del Ayuntamiento de Collado-Villalba de 30-7-93 y de 5-8-93 por los que, respectivamente, se aprobaron definitivamente la modificación puntual del Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación 19.1 de las Normas Subsidiarias de dicho Municipio y la concesión a la mercantil MANILEX S.A. de la licencia de obra mayor para la construcción de un edificio comercial en la U.A. 19.1 " Los Valles" .

Para la mejor comprensión del presente asunto es conveniente poner de relieve los siguientes datos derivados de las actuaciones 1 °- Con fecha 17 de Febrero de 1.986 se aprobaron las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Collado-Villalba En ellas y dentro del suelo urbano, se delimitó la Unidad de Actuación N° 19, "Los Valles", cuya ordenación pormenorizada se remitía a posterior Estudio de Detalle, que quedaba condicionado por la Ficha correspondiente de las citadas Normas Subsidiarias .

En esta Ficha se señalaba que el objetivo de la Unidad de Actuación era "Ordenar y urbanizar una zona de industria limpia, y obtener suelo libre de uso público y suelo para dotaciones comunitarias", estableciéndose unas cesiones de 6.200 m2 (3.000 m2 para suelo libre de uso público, 1.200 m2 para usos comunitario y 2.000 m2 para servicios urbanos) y señalándose una solución volumétrica "Libre, dentro de las ordenanzas de aplicación a precisar por los redactores del Estudio de Detalle °.

  1. - Con fecha 18 de Junio de 1.992 el Ayuntamiento de Collado-Villalba aprobó el Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación n° 19.1. Del acuerdo municipal aprobatorio del mismo se dio traslado a la Comunidad de Madrid, mediante escrito de fecha 7 de Julio de 1.992, sin que por ésta se formulasen objeciones ni impugnación .

  2. - Con fecha 12 de Noviembre del mismo año el Ayuntamiento de Collado-Villalba concedió a la entidad mercantil MANILEX S.A. las licencias necesarias para realizar las siguientes obras áreas exteriores de aparcamientos, edificio comercial y urbanización .

    Estas licencias fueron notificadas ala Comunidad de Madrid con fecha 27 de Noviembre siguiente, no formulándose por ésta tampoco en esta ocasión alegación o impugnación alguna .

  3. - En ejecución de este Estudio de Detalle se inició por el promotor MANILEX la tramitación de la transferencia al Municipio de los terrenos de cesión previstos en tal Estudio de Detalle .

    Al efectuarse el deslinde de las zonas de cesión se comprobó que las citadas Normas Subsidiarias habían incluido en el ámbito de la Unidad de Actuación 19.1 una superficie de terreno de 4.144 m2, lindantes con la autopista de Madrid-Adanero, que resultaba afectada como zona de servidumbre de la carretera y que pertenecía a IBERPISTAS, concesionaria del M.O.P.T., siendo así que el resto de la superficie incluida en el ámbito del Estudio de Detalle pertenecía a la promotora MANILEX S.A. .

  4. - Al constatarse tal inclusión el Ayuntamiento de Collado-Villalba requirió, con fecha 28 de Abril de 1.993), a MANILEX S.A. para que modificase el Estudio de Detalle al objeto de dejar fuera del mismo los indicados terrenos (folio 1 del expediente administrativo) .

    En cumplimiento de tal requerimiento, MANILEX S.A. presentó Modificación del Estudio de Detalle 19.1 "Los Valles ", que fue aprobada definitivamente por el Ayuntamiento con fecha 30 de Julio de 1.993.

    En este Estudio de Detalle se señala un ámbito de actuación de 31.470 m2 y se establecen unas cesiones de 6.318 m2, correspondiendo 3.151 m2 para suelo libre de uso público, 1.260 m2 para usos comunitarios y 1.907 m2 para servicios urbanos Estas cesiones se calcularon con igual porcentaje respecto de la superficie total que las señaladas en las Normas Subsidiarias (10 %, 4 % y 6 %, respectivamente). - 7°- Con fecha 31 de Agosto siguiente la Comunidad de Madrid requirió al Ayuntamiento de Collado Villalba a fin de éste le remitiera copia de la documentación completa del expediente administrativo seguido para la Modificación del citado Estudio de Detalle .

    Este requerimiento fue cumplimentado con fecha 6 de Septiembre siguiente .

  5. - Con fecha 5 de Agosto de 1.993 el Ayuntamiento de Collado Villalba concede, nuevamente, a la mercantil MANILEX S.A. licencia de obra mayor para la construcción de un edificio comercial en la tan citada Unidad de Actuación .

    Apreciado el error padecido, pues la licencia edificatoria había sido otorgada con fecha 12 de Noviembre de 1.992, el Ayuntamiento adoptó Acuerdo, de fecha 26 de Agosto de 1.993, anulando aquel acuerdo de 5-8-93 y ratificando el de 12-11-92 .

  6. - Contra el acuerdo del Ayuntamiento de Collado Villalba de aprobación de la referida Modificación Puntual de fecha 30 de Julio de 1993 y contra el de 5 de Agosto de 1.993 por el que se concedía licencia de construcción a la entidad MANILEX S.A., se interpone por la...

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