STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Marzo de 2000

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2000:3768
Número de Recurso3336/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 3336/96 SENTENCIA NUMERO 289 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sanchez.

D. Javier E. López Candela.

En la Villa de Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 3336/96, interpuesto por POLYSIUS, S.A., representada Ego, el Procurador D. Ramiro Reynolds de Miguel, contra el decreto dictado por el Ayuntamiento de Madrid con fecha 3 de octubre de 1996 , por el cual se desestima el recurso de alzada interpuesto en el expediente ti 106/96/01608 contra el acuerdo que ordenaba la legalización de las preceptivas licencias municipales. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el procurador D. Eduardo Morales Price.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 2 de diciembre de 1997, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador D. Eduardo Morales Price, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 21 de octubre de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que corista realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 23 de marzo de 2000, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Francisca María Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad "Polysius, SA"impugna en este proceso la resolución de 30.9.96 de la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, que desestimaba el recurso de alzada formulado contra el decreto de 7.3.96 del Iltmo. Sr. Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Tetuán , mediante el que se requirió a la actora de legalización de la actividad de oficina de ingeniería, que ejercía sin la correspondiente licencia municipal en la planta 6 del edificio sito en la plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, de esta ciudad, y se ordenó el cese de la actividad precitada con apercibimiento de clausura.

Fundamenta la recurrente su pretensión impugnatoria en la obtención de la licencia de actividad para la planta 6° del edificio, y los efectos a su favor del transcurso del tiempo del pago de tributos y de la tolerancia administrativa, así como la prescripción de la infracción.

SEGUNDO

De conformidad con los artículos 1, 3 ,6 y 34 del Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas así como con el artículo 22 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y 124 y 128 de la Ordenanza Especial de Tramitación de Licencias y Control Urbanístico , el ejercicio de una actividad clasificada, como la de autos, precisa licencia municipal de instalación o actividad, primero, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR