STSJ Asturias , 21 de Junio de 2001
Ponente | FRANCISCO SALTO VILLEN |
ECLI | ES:TSJAS:2001:2916 |
Número de Recurso | 1777/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0103850 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1777 /1997 Sobre PLANEAMIENTO De D/ña. Alejandra Procurador/a Sr/a. MARIA JOSE RONZON FERNANDEZ Contra D/ña. PRINCIPADO LETRADO COMUNIDAD Y AYUNTAMIENTO DE RIBADEDEVA Procuradora Sra. SUÁREZ GRANDA SENTENCIA N ° 562 Ilmos. Sres. Presidente:
D a MARÍA JOSÉ MARGARETO GARCÍA Magistrados:
D. FRANCISCO SALTO VILLÉN D. EDUARDO GOTA LOSADA En Oviedo, a veintiuno de junio de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1.777 de 1997, interpuesto por Dª
Alejandra , Dª Carmen , Dª María Virtudes , D. Felix Y Dª Victoria , representados por la Procuradora Dª
María José Ronzón Fernández, y dirigidos por el Letrado D. Antonio Ortega Menéndez-Conde, contra el PRINCIPADO DE ASTURIAS, representado por Letrado de sus Servicios Jurídicos, siendo parte codemandada el AYUNTAMIENTO DE RIBADEDEVA, representado por la Procuradora Dª Myrian Suárez Granda, y dirigido por el Letrado D. Ramón Días Murías, versando el recurso sobre las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Ribadedeva; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO SALTO VILLÉN.
Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BO de la Provincia y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma, haciendo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día, se dicte sentencia por la que con acogimiento del recurso, se ordene a los demandados a modificar las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribadedeva, calificando las fincas de los recurrentes descritas en el hecho primero de la demanda como suelo urbano. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto. A medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Conferido traslado a la...
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STS, 12 de Mayo de 2004
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