STSJ Castilla y León , 21 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA BEGOÑA GONZALEZ GARCIA
ECLIES:TSJCL:2001:6022
Número de Recurso3/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

del Ayuntamiento por lo que no procede la aplicación del sistema de concierto pero no cabe hacer interpretación del artículo 73.3 hasta que no se plantee el proyecto oportuno SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a veintiuno de diciembre de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo numero 3/2001 interpuesto por Don Romeo y Doña Elisa representados por la Procuradora Doña Diana Carracedo González y defendidos por Letrado contra la resolución del Ayuntamiento de Burgos de 14 de septiembre de 2000 por el que se denegaba la aprobación del Proyecto de Actuación para la Unidad de Ejecución 53.01 Calle Real de Capiscol, habiendo comparecido como parte demandada el Ayuntamiento de Burgos representado por el Procurador Don Eugenio Echevarrieta Herrera y defendido por el Letrado Don Santiago Dalmau Moliner.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 4 de enero de 2001.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 5 de marzo de 2001 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se revoque y anule la resolución recurrida y en su lugar se ordene la aprobación inicial del Proyecto de Actuación para la UE 53.01 y en cualquier caso la aplicabilidad del artículo 73.3 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León al calculo de los aprovechamientos lucrativos urbanísticos resultantes en los términos expuestos en el citado Proyecto, con todo lo demás que proceda.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 2 de abril de 2001 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

No fue recibido el recurso a prueba, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose el día veinte de diciembre de dos mil uno para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso jurisdiccional la resolución del Ayuntamiento de Burgos de 14 de septiembre de 2000 por el que se denegaba la aprobación del Proyecto de Actuación para la Unidad de Ejecución 53.01 Calle Real de Capiscol, siendo las razones invocadas por los recurrentes para fundar la impugnación de la citada resolución que la misma se basa en no ser aplicable ni el articulo 78 de la Ley de Urbanismo ni el articulo 73.3 estimando por el contrario que si son aplicables por cuanto respecto al primero consideran los recurrentes que los terrenos solo pasaran a tener la condición de bienes patrimoniales cuando se ultime la actuación en la unidad pero no desde el inicio, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR