STSJ Andalucía , 1 de Octubre de 2001

PonenteMARIA LUISA ALEJANDRE DURAN
ECLIES:TSJAND:2001:13325
Número de Recurso1814/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 1814/1997 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares García Ilmos. Sres. Magistrados Don Francisco José Gutiérrez del Manzano Doña María Luisa Alejandre Durán En la ciudad de Sevilla, a uno de octubre de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 1814/1997, interpuesto por Dª. Diana , representada por el Procurador Dª. Lucía Suárez-Barcenas Palazuelo y defendido por Letrado, contra Resolución de la CONSEJERÍA DE SALUD (JUNTA DE ANDALUCÍA), representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos. Han sido también parte D. Benito , representado por el Procurador Dª.

Purificación Berjano Arenado y defendido por Letrado y D. Rodrigo , representado y defendido por el Letrado D. Javier Carlos Martínez García. Es Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Alejandre Durán.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 15 de septiembre de 1997 contra la Resolución que se citará en el Fundamento Jurídico Primero.

SEGUNDO

En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia, instando por medio de otrosí el recibimiento del pleito a prueba.

TERCERO

En sus contestaciones, las partes demandada y coadyuvantes solicitaron se dicte sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto, instando igualmente el recibimiento a prueba.

CUARTO

Admitida la práctica de prueba, se celebró con el resultado que consta en autos. Las partes formularon las conclusiones que determina el artículo 78 L.J.C.A., evacuando dicho trámite mediante los correspondientes escritos, en los que ratificaron sus pretensiones.

QUINTO

Señalado el día 24 de septiembre de 2001 para la votación y fallo del presente recurso, ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la Resolución del Director General de Farmacia y Conciertos de 31 de julio de 1997 desestimatoria del recurso ordinario deducido contra la de 30 de enero anterior dictada por el Delegado Provincial de la Consejería de Salud que denegaba la apertura de nueva oficina de farmacia en El Portil (Huelva).

SEGUNDO

La actora solicitó el 9 de febrero de 1989 ante el Colegio de Farmacéuticos de Huelva y al amparo de la norma excepcional del artículo 31 b del Real Decreto 909/1978 de 14 de abril autorización para apertura de farmacia en la zona de El Portil (Cartaya). El Colegio suspendió la tramitación del expediente so pretexto de otras solicitudes preexistentes y tras el pronunciamiento de los Tribunales ante los recursos de los interesados se levantó la suspensión y se resolvió en el sentido de los Acuerdos impugnados por la Administración que asumió la competencia atribuida en el momento de la solicitud a los Colegios Farmacéuticos.

TERCERO

No se cuestiona por las Resoluciones impugnadas la existencia de un núcleo de...

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