STSJ Comunidad Valenciana , 4 de Diciembre de 2001

PonenteANTONIO MARTINEZ ZAMORA
ECLIES:TSJCV:2001:10242
Número de Recurso3953/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 3.953/99 Ilmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer Presidente Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora Ilma. Sra. Dª Mª Gracia Martínez Camarasa En Valencia, a cuatro de diciembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 6754/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 3953/99, interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 1.999, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 14 de Valencia, en los autos núm. 366/99, seguidos sobre Invalidez, a instancia de Julián asistido por el Letrado José M. Zamora Nogueira, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 30 de septiembre de 1.999 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Julián debo absolver y absuelvo de la misma al demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora Julián , con D.N.I. n° 5.166.036, nacido el 3-10-1960, se encuentra afiliado en el Régimen General, por consecuencia de servicios prestados como oficial urdidor.- SEGUNDO.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del I.N.S.S., la que en Resolución de fecha 31-3-99 declaró que el solicitante no se encontraba afecto de invalidez permanente en ningún grado de incapacidad, de conformidad con el dictamen del EVI de fecha 26-3-99 y se agotó la vía administrativa con la formulación de Reclamación Previa que por Resolución de 2-6-99 le fue desestimada.- TERCERO.- La base reguladora asciende a 73.856 pesetas mensuales.- CUARTO.- Padece la parte actora: signos de broncopatía crónica, refiere disnea sin causa objetivable, espirometría simple FVC 3.84 (84%), FEVI 3.02 (84%) IT 79%, RX tórax: Pinzamiento del seno costofrénico derecho residual que no justifica disnea. Bioquímica hepática normal.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia formula el actor el presente recurso, interesando, al amparo del art. 191-b) de la Ley de Procedimiento Laboral, la revisión de su relato fáctico para que: A) el hecho probado 4° quede con la siguiente redacción: Padece la parte actora: signos de broncopatía crónica en tratamiento con broncodilatadores y corticoides sin que halla notado mejoría. Espirometría normal pero con pérdida de un 25%, en su capacidad funcional. Disnea a moderados esfuerzos (grados II-III/IV).

Sinequía pleural con pinzamiento del seno costofrénico que ocasiona dolor mecánico residual. Aconsejable no entrar en contacto con ambientes cargados de humo y tóxicos"...

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