STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Noviembre de 2001

PonenteANTONIO MARTINEZ ZAMORA
ECLIES:TSJCV:2001:9755
Número de Recurso3695/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 3695/99 Iltmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer Presidente Iltmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora Ilma. Sra. Dª Mª Gracia Martinez Camarasa En Valencia, a veinte de noviembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 6327/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 3695/99, interpuesto contra la sentencia de fecha 7 de julio de 1999, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Elche, en los autos núm. 212/99, seguidos sobre Incapacidad, a instancia de Blas asistido por el Letrado Francisco Gomez Barroso, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Iltmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 7 de julio de 1999 dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Desestimando la demanda formulada por Blas contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos en su contra formulados.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.-La parte demandante Blas , con DNI n° NUM000 nació el 16-1-58, figura afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM001 , siendo su profesión habitual la de encofrador.- SEGUNDO.- Iniciado expediente para la declaración de invalidez, se emitido dictamen por el Equipo de Valoración de Incapacidades con fecha 29-12-98, con el siguiente juicio diagnostico: Protusión discal L4-L5, megapofisis transversa C7, displasia cavidad glenoidea bilateral, neuropatia cubital derecha en estudio; el juicio clinico laboral emitido fue: Los hallazgos radiologicos y exploratorios de lumbociatalgia sin significación clinica actual. Afectación escapular congenita que permite una buena movilidad de MSD con muy escasa limitación extem de movilidad y que ha permitido actividad. La posible neuropatia cubital, en estudio caso de existir, podría ser intervenida.- TERCERO.- Por resolución de fecha 15-1-99, la Dirección Provincial del I.N.S.S., estimó en base al cuadro clinico residual, que la parte demandante no se encontraba afecta de invalidez permanente en ninguno de sus grados.- CUARTO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 106.953 ptas mensuales.- QUINTO.- La parte demandante presenta: lumbociátalgia clinica, protusión discal L4-L5 sin afecta ion radicular, displasia de escapula derecha y probable neuropatia cubital en brazo derecho pendiente de estudio de EMG.- SEXTO.- Ha quedado agota la via previa.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y...

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