STSJ Comunidad Valenciana , 17 de Mayo de 2001

PonenteTERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ
ECLIES:TSJCV:2001:4500
Número de Recurso2894/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 2.894/98 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilma. Sra. Dª. Teresa Pilar Blanco Pertegaz En Valencia, a diecisiete de mayo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 2.760/2.001 En el Recurso de Suplicación núm. 2.894/98, interpuesto contra la sentencia de fecha 22 de mayo de 1.998, dictada por el Juzgado de lo Social núm. OCHO DE VALENCIA, en los autos núm. 869/97, seguidos sobre reclamación de cantidad, a instancia de D. Alexander , siendo asistido de la Letrada Dª. Dolores Pilar Gil Collado, contra PUNTO ZETA, S.L., y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 22 de mayo de 1.998 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Estimo en parte la demanda interpuesta por Alexander frente a la empresa PUNTO ZETA, S.L., y condeno a la empresa a que le abone la suma de 1.059.384 pesetas, de las que podrá hacer los descuentos legalmente procedentes siempre que lo acredite documentalmente.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que el actor Alexander viene prestando servicios para PUNTO ZETA S.L., con antigüedad de 22 de Abril de 1.995, categoría profesional de Juramentado, y salario mensual con prorrata de pagas extras de 159.398 pesetas. SEGUNDO.- Que la empresa redujo su jornada de trabajo de ocho horas diarias a cuatro. TERCERO.- El actor ha devengado los siguientes conceptos y por las siguientes cantidades:

SALARIO S/C SALARIO PERCIBIDO DIFERENCIA Noviembre 1.997: 150.895 ptas 64.445 ptas 86.450 ptas. Diciembre 1.996: 150.895 ptas 64.445 ptas 86.450 ptas. Enero 1.997: 151.142 ptas 64.445 ptas 86.697 ptas. Febrero 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. Marzo 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. Abril 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. Mayo 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. Junio 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. Julio 1.997: 151.142 ptas 45.539 ptas 105.603 ptas Agosto 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. Septiembre 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. Octubre 1.997: 151.142 ptas 64.369 ptas 86.773 ptas. TOTAL: 1.059.384ptas

CUARTO

Que en uno de Junio de 1.995 suscribieron las partes contrato de lanzamiento de nueva actividad al amparo del Real Decreto 2.546/94, pactándose en sus cláusulas adicionales que "El presente contrato se firma para la transformación de otro anterior acogido a la L. 10/94 a tiempo parcial inferior a 12 Hs. Semanales y al RD 2546/94 L.N.A., en tiempo completo."."

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora, siendo impugnado en tiempo y forma por la contraparte. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora recurre en suplicación la sentencia de instancia parcialmente estimatoria de sus pretensiones, estructurando el recurso en dos motivos que son impugnados por la demandada la mercantil Punto Zeta S.L. La sentencia de instancia desestima la reclamación efectuada por el demandante sobre el abono de horas extraordinarias y de horas nocturnas, siendo dicha desestimación lo que motiva el recurso de suplicación de la parte actora.

Al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral el...

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