STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Abril de 2001

PonenteLUIS MANGLANO SADA
ECLIES:TSJCV:2001:3363
Número de Recurso330/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rº 330/97 SENTENCIA Nº 442 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:

Presidente:

D. JOSE DIAZ DELGADO Magistrados:

D. SALVADOR BELLMONT MORA.

D. LUIS MANGLANO SADA.

En la Ciudad de Valencia, a 11 de abril de dos mil uno. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 330/97, interpuesto por la Procuradora Dª. Carmen Vidal Vidal, en nombre y representación de Urbanizadora Béjar S.A., contra el Ayuntamiento de El Campello, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por la Procuradora Dª.

Florentina Pérez Samper, así como la Junta de Compensación de los Polígonos I y II del Plan Parcial "Las Lanzas" y MAY PROMOCIONES S.L., representados por el Procurador D. Jorge Castelló Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

Las representaciones de las partes demandadas contestaron a la demanda, mediante escritos en los que solicitaron se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 10 de abril de dos mil uno, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por URBANIZADORA BEJAR S.A. contra la resolución nº 1637-96, de 12 de diciembre de 1996, del Ayuntamiento de El Campello, (R.E. nº 6178), desestimatoria de la reclamación de la sociedad actora.

SEGUNDO

La sociedad recurrente alega ser propietaria desde el 25-4-1973 de la finca registral nº

2.668, referencia catastral nº 654200325644S y 65420022564S, de 4.532 m2, sita en El Campello.

En virtud del procedimiento recaudatorio seguido por el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Alicante, hizo pago el 30-9-1992 de la Contribución Urbana de dicha finca de ejercicios anteriores, además de los recibos correspondientes a 1992 y 1993.

Es entonces cuando la actora entiende que su finca se encontraba dentro de la delimitación del Plan Parcial "Las Lanzas", que se desarrollaba mediante el sistema de Compensación a partir de los Polígonos I y II, sin que la recurrente fuera parte ni conociera actuación alguna al respecto, cuando la ejecución del Proyecto de Compensación y la consiguiente urbanización de los terrenos del PP se encontraba ya adelantada.

El 26-6-1996 la demandante requirió a la Corporación demandada a fin de que reconociera sus legítimos derechos como propietaria de terrenos en el ámbito de ese Plan Parcial, solicitando la solución del problema bien mediante la expropiación de la finca, con justiprecio oportuno, bien mediante la permuta de parcelas con similares condiciones urbanísticas.

Por resolución de 12-12-1996 el Ayuntamiento de El Campello desestima dicho requerimiento, al tiempo que ofrece a la actora la posibilidad de promover reclamación de ingresos indebidos por las cuotas del IBI abonadas.

En este proceso se impugna la actuación administrativa, alegando la recurrente que ha sido preterida en la Junta de Compensación y en el proceso compensatorio, pese a ser propietaria de una finca ubicada en el ámbito de actuación del Plan Parcial "Las Lanzas", solicitando el reconocimiento de su derecho al aprovechamiento urbanístico subjetivo resultante de la aportación inicial de 4.534 m2, bien en suelo dentro del polígono, bien mediante transferencia de aprovechamiento en otra zona del municipio, o bien en metálico.

TERCERO

Frente a la petición actora, las partes codemandadas (Ayuntamiento, Junta de Compensación y la mercantil Mai Promociones S.A.) alegan diversas causas de inadmisibilidad del recurso, debiendo comenzar por el examen de la referida a la competencia de este...

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