STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Octubre de 2001

PonenteFERNANDO DE MATEO MENENDEZ
ECLIES:TSJM:2001:12391
Número de Recurso461/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 461 /99.

SENTENCIA NÚM. 1.571.

Ilmos. Sres.

Presidente Don Alfredo Roldán Herrero Magistrados Doña Clara Martínez de Careaga y García Doña Fátima Arana Azpitarte Don Fernando de Mateo Menéndez Doña María Jesús Vegas Torres En la Villa de Madrid, a cinco de octubre de dos mil uno. Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 461/99, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Raquel Nieto Bolaños, en nombre y representación de DON Ildefonso , contra la resolución de 7 de enero de 1999 del Cónsul General de España en Tetuan (Marruecos), por la que se denegó el visado de residencia al demandante. Ha sido parte la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 29 de julio de 1999 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el pertinente escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

No habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista ni la presentación de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 3 de octubre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

SIENDO PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Don Fernando de Mateo Menéndez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante, de nacionalidad marroquí, impugna la resolución la resolución de 7 de enero de 1999 del Cónsul General de España en Tetuan (Marruecos), por la que se denegó el visado de residencia al demandante.

Para la mejor comprensión del asunto, es conveniente poner de relieve los siguientes hechos derivados de las actuaciones:

  1. El 30 de enero de 1997 el demandante solicitado visado de residencia por reagrupación familiar por estar casado con la española doña Carmela , el día 29 de noviembre de 1995, con la que tiene un hijo.

  2. Mediante resolución de 7 de enero de 1999 del Cónsul General de...

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