SAP Castellón 112/2010, 1 de Abril de 2010
Ponente | RAFAEL GIMENEZ RAMON |
ECLI | ES:APCS:2010:571 |
Número de Recurso | 561/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 112/2010 |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN
SECCIÓN TERCERA
Rollo de apelación civil número 561 de 2009
Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Nules
Juicio Ordinario número 604 de 2007
SENTENCIA NÚM. 112 de 2010
Ilmos. Sres.:
Presidente:
Don JOSÉ MANUEL MARCO COS
Magistradas:
Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS
Don RAFAEL GIMÉNEZ RAMÓN
En la Ciudad de Castellón, a uno de Abril de dos mil diez.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada el día diez de diciembre de dos mil ocho por la Sra. Juez sustituta del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Nules en los autos de Juicio Ordinario seguidos en dicho Juzgado con el número 604 de 2007.
Han sido partes en el recurso, como apelantes, Don Alberto, Don Benjamín, Doña María Angeles, Doña Bernarda y Doña Esmeralda, representados por la Procuradora Dª. Teresa Belmonte Agost y defendidos por el Letrado D. José Alemany Varella, y como apelada, la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 n. NUM000 de Almenara, representada por la Procuradora Dª. Mª Teresa Palau Jericó y defendida por la Letrada Dª. María del Carmen García Neila.
Es Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don RAFAEL GIMÉNEZ RAMÓN.
El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "ESTIMANDO la demanda formulada por la Procuradora Sra. Palau Jericó en nombre y representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000 DE ALMENARA contra Alberto, Benjamín, María Angeles, Bernarda, Esmeralda, debo condenar y condeno a así como al abono 2666'54 # cada uno de ellos, más los intereses legales desde la reclamación judicial en demanda de monitorio y al abono de las costas procesales.- Llévese...- Notifíquese...- Así...-".
Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Don Alberto, Don Benjamín, Doña María Angeles, Doña Bernarda y Doña Esmeralda, se interpuso recurso de apelación solicitando se dicte Sentencia desestimando la demanda, con imposición de costas a la parte apelada.
Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando se dicte sentencia confirmando la dictada en primera instancia, con imposición de costas a la parte apelante.
Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, en cuyo Registro General tuvieron entrada en fecha 11 de diciembre de 2009, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos.
Por Providencia de fecha 7 de Enero de 2010 se formó el presente Rollo, se tuvieron por personadas las partes y se designó Magistrado Ponente, requiriéndose asimismo al Juzgado de procedencia la remisión de copia de la grabación audiovisual del acto de la audiencia previa, con el resultado que consta en autos (comunicación de ausencia de la misma), del que se dio vista a las partes, quienes no verificaron alegaciones. Por Providencia de fecha 16 de Marzo de 2010 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 23 de Marzo de 2010, llevándose a efecto lo acordado.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.
SE ACEPTAN los de la resolución recurrida en cuanto no contradigan los que seguidamente se exponen
La sentencia impugnada estima la reclamación de cantidad deducida por la Comunidad de Propietarios apelada en orden al cobro de las sumas adeudadas por diversos titulares de viviendas del edificio en que radica la misma y derivadas de la instalación de un ascensor aprobada por la junta de propietarios.
Frente a dicha resolución, los copropietarios condenados se han alzado por estimar, en esencia, que no se les puede exigir que contribuyan a hacer frente al coste de la instalación del ascensor por haberse opuesto a la misma en relación con el contenido de los arts. 11 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal . Asimismo, han discrepado de que se les impongan los intereses legales devengados por el principal objeto de condena desde la reclamación del mismo vía...
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SAP Castellón 315/2013, 15 de Julio de 2013
...]. Citamos, en el mismo sentido, la Sentencia de esta misma Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Castellón de 1 de abril de 2010 (ROJ: SAP CS 571/2010 Por todo ello, el acuerdo de la Junta de Propietarios de 14 de octubre de 2009 que avaló la instalación del ascensor fue sanado por cadu......