STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Enero de 2001

PonenteMIGUEL ANGEL LUELMO MILLAN
ECLIES:TSJM:2001:1116
Número de Recurso4403/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL SECCION: 4 MADRID PASEO GENERAL MARTINEZ CAMPOS, 27 Tfno. - - - N.I.G. 28000 4 0005132 /2000 40126 ROLLO N° RSU 4403 /2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 30 de, MADRID Autos de Origen: DEMANDA 313 /2000 RECURRENTE/S: Luis Antonio RECURRIDO/S: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL C.A. SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID En MADRID, a treinta de Enero de dos mil uno . La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID, formada por los Ilmos. Sres. MIGUEL ANGEL LUELMO MILLAN, Presidente, JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ y CONCEPCION R. URESTE GARCIA, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A n° 58/2001 En el recurso de suplicación núm. 4403/2000, interpuesto por la Letrado Ana María García López, en representación de Luis Antonio , contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 30 de MADRID, de fecha veintitrés de junio de dos mil, dictada en proceso sobre alta en RETA, y entablado por la parte recurrente frente a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL ANGEL LUELMO MILLAN, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, en la que se declaró lo consignado en su parte dispositiva, y cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO.- Que el actor D. Luis Antonio , prestó servicios como agente de seguros en el período comprendido entre el 1-3-94 a 28-2-99, para la Cía Aseguradora C.T.A.S., no habiendo procedido a su alta en el RETA.- SEGUNDO.- Que la Inspección de Trabajo procedio a levantar al actor, por su falta de afiliación al citado Régimen y cotización, las actas de liquidación 2138 a 2134/99 y acta de infracción 2738/99.- TERCERO.- Que en virtud de las citadas actuaciones, la Tesorería el 23-3-2000 cursa alta de oficio en el RETA a favor del actor por el período 1-3-94 a 28-2- 99.- CUARTO.- Que los ingresos brutos de la actora en el citado período fueron superiores al salario mínimo interprofesional para cada anualidad.- QUINTO.- Que el actor ha impugnado vía administrativa las actuaciones de la Inspección de Trabajo.- SEXTO.- Que se ha agotado la preceptiva reclamación previa contra la resolución de la Tesorería."

SEGUNDO

Frente a dicha resolución se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, que no fue impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso el pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala proveyéndose ulteriormente la fecha de deliberación, votación y Fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso del actor contiene dos motivos, basados en el apartado c) del art. 191 de la LPL, y en los cuales en el primero se señalan como vulnerados los arts 2 y 3 del Real Dto (Decreto)

2530/1970, de 20 de agosto, los arts 12 y 15 de la LGSS y el 104.4 de la Ley 21/1193 (quiere decir 1993), de 29 de diciembre, estructurando su alegato al respecto en cinco puntos, subdiviéndose, a su vez, el cuarto, en tres apartados, todo ello para negar que exista habitualidad, sin que tales razonamientos tengan posibilidad de prosperar por cuanto ya tiene declarado en esta materia la Sala desde sus sentencias de 9 y 21-12-99 (citadas por la de instancia) hasta las más recientes de 22 y 30-11 y 5, 20 y 28-12-00, entre otras, en congruencia con la doctrina de la sentencia del TS de 29-10-97, a todas las cuales se hace ahora expresa remisión, dando sus argumentos por reproducidos, porque como se desprende de la...

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