STSJ Aragón , 20 de Diciembre de 2001

PonenteJESUS MARIA ARIAS JUANA
ECLIES:TSJAR:2001:3261
Número de Recurso347/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 1ª)

-Recurso número 347 del año 1998- S E N T E N C I ANº 1098 de 2001 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Ricardo Cubero Romeo MAGISTRADOS D. Jesús Mª Arias Juana Dª Isabel Zarzuela Ballester Dª Nerea Juste Diez de Pinos En Zaragoza, a veinte de diciembre de dos mil uno. En nombre de S.M. el Rey. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 1ª), el recurso contencioso- administrativo número 347 de 1998, seguido entre partes; como demandante D. Fidel , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Pilar Sierra Parroque y asistido por el Letrado D. Salvador Ferrer Giménez; y como demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por el Abogado del Estado. Es objeto de impugnación la resolución de la Delegación del Gobierno en Aragón de fecha 21 de junio de 1996 por la que se decretó la expulsión del recurrente y la prohibición de entrada en España por tres años. Procedimiento:

Ordinario. Cuantía: Indeterminada. Ponente: Ilmo. Sr. Magistrado D. Jesús Mª Arias Juana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en la Secretaría de este Tribunal en fecha 11 de marzo de 1998, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar la parte recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso, se anulase la resolución impugnada.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el juicio a prueba y practicada la propuesta por las partes con el resultado que es de ver en autos, y tras evacuarse el trámite de conclusiones, se celebró la votación y Fallo el día señalado, 13 de diciembre de 2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso la resolución de la Delegación del Gobierno en Aragón de fecha 21 de junio de 1996 por la que se decretó la expulsión del recurrente y la prohibición de entrada en España por tres años, y ello al estimarse que se hallaba incurso en los supuestos de expulsión previstos en los apartados a), b) y f) del articulo 26.1 de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, de derechos y libertades de los extranjeros en España -"encontrarse ilegalmente en territorio español, por no haber obtenido la prórroga de estancia o, en su caso, el permiso de residencia, cuando fueran exigibles", "no haber obtenido permiso de trabajo y encontrarse trabajando, aunque cuente con permiso de residencia válido" y "carecer de medios lícitos de vida, ejercer la mendicidad, o desarrollar actividades ilegales"-.

SEGUNDO

Como recuerda el Tribunal Supremo en su sentencia de 18 de mayo de 1990, "cualquier...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR