STSJ Aragón , 23 de Enero de 2001

PonenteMARIA ISABEL ZARZUELA BALLESTER
ECLIES:TSJAR:2001:156
Número de Recurso695/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SECCION PRIMERA - RECURSO N° 695 de 1.997 SENTENCIA N° 67 DE 2001 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. RICARDO CUBERO ROMEO MAGISTRADOS:

D. JESUS MARIA ARIAS JUANA Dª. ISABEL ZARZUELA BALLESTER Dª. NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS En Zaragoza, a veintitrés de enero de dos mil gano.

En nombre de S.M. el Rey. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON, Sección Primera, el recurso número 695 de 1.997, seguido entre partes, como demandante Dª.

Magdalena , representada por la Procurador Dª. Begoña Uriarte Gonzalez y defendida por el Letrado D. Alejandro Arregui de las Heras; como demandada LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGON representada y asistida de Letrado de sus Servicios Jurídicos; y como codemanda Dª Marta representada por el Procurador D. José María Angulo Sáviz de Varanda y defendida por el Letrado D. Luis Amigot Polo.

Es objeto de impugnación la Orden de la Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo de la D.G.A., de 24 de febrero de 1997, anulando el Acuerdo del Colegio de Farmacéuticos de Zaragoza, de 25 de octubre de 1996, y convocando concurso de méritos entre los solicitantes a fin de adjudicar la segunda farmacia de Cariñena.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: Indeterminada.

Ponente: Ilma. Sra. Magistrado Dª. ISABEL ZARZUELA BALLESTER .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La actora mediante escrito presentado el 6 de mayo de 1997, dedujo el presente recurso contencioso contra la indicada resolución administrativa.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora dedujo demanda en súplica de que se dictara sentencia que declare nula de pleno derecho o anule y deje sin efecto, la resolución impugnada que, resolviendo el recurso ordinario deducido por Doña Marta , otorgó autorización para el establecimiento de una segunda oficina de farmacia en la localidad de Cariñena, con imposición de costas a quien se oponga a esta demanda.

TERCERO

La Administración demandada, y parte codemandada, en sus escritos de contestación a la demanda, suplicaron que se dictara sentencia desestimando el recurso contencioso- administrativo.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, y practicada la propuesta por las partes con el resultado que es de ver en autos, se celebró la votación y fallo del recurso el día señalado, 11 de enero de 2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte actora la resolución indicada en el encabezamiento de esta sentencia, por la que estimando el recurso ordinario interpuesto por Dª. Marta , anula el Acuerdo del Colegio de Farmacéuticos de Zaragoza, de 25 de octubre de 1996, acordando que el referido Colegio deberá convocar a las solicitantes, Dª. Marta y Dª. Asunción para que aleguen y justifiquen sus respectivos méritos, estableciendo un orden de preferencia y adjudicando la segunda oficina de farmacia de Cariñena a la solicitante con más méritos, con mantenimiento del orden de preferencia por si la primera en méritos no ejerciera su derecho a la apertura de la oficina de farmacia y convocando concurso de méritos entre los solicitantes a fin de adjudicar la segunda farmacia de Cariñena.

SEGUNDO

Del expediente administrativo y del proceso se deducen los siguientes datos de interés para la resolución de la litis:

  1. Por Dª. Asunción se solicitó autorización para el establecimiento de nueva Oficina de Farmacia en la...

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