STSJ Galicia , 28 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2002:7199
Número de Recurso6368/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0006368 /1998 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1411 2.002 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.- PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veintiocho de noviembre de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0006368/1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por MODULDESIGN, S. A. representado por D. JUAN LAGE FERNÁNDEZ-CERVERA y dirigido por Dña. ELENA VILLAFAÑE BERDEJO contra la desestimación presunta por silencio por el Instituto Galego da Vivenda e Solo de la reclamación formulada por "Moduldesign, S. A. " del pago de intereses de demora por el pago tardío de las certificaciones números 4, 5, 6, y 7 de la obra "Construcción de 32 viviendas, garajes y trasteros en Vilalba". Es parte como demandada "INSTITUTO GALEGO DA. VIVENDA E SOLO" representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Xunta de Galicia. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día veintiuno de noviembre de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la desestimación presunta por silencio por el Instituto Galego da Vivenda e Solo de la reclamación formulada por "Moduldesign, S. A. " del pago de intereses de demora por el pago tardío de las certificaciones números 4, 5, 6, y 7 de la obra "Construcción de 32 viviendas, garajes y trasteros en Vilalba".

SEGUNDO

Las alegaciones contenidas en el segundo de los fundamentos de derecho de la contestación a la demanda tienen que ser rechazadas, ya que el criterio de la Administración es contrario a la más...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR