STSJ Galicia , 28 de Noviembre de 2002
Ponente | JOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA |
ECLI | ES:TSJGAL:2002:7199 |
Número de Recurso | 6368/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 02 /0006368 /1998 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA Nº 1411 2.002 Ilmos. Sres.
DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.- PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veintiocho de noviembre de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0006368/1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por MODULDESIGN, S. A. representado por D. JUAN LAGE FERNÁNDEZ-CERVERA y dirigido por Dña. ELENA VILLAFAÑE BERDEJO contra la desestimación presunta por silencio por el Instituto Galego da Vivenda e Solo de la reclamación formulada por "Moduldesign, S. A. " del pago de intereses de demora por el pago tardío de las certificaciones números 4, 5, 6, y 7 de la obra "Construcción de 32 viviendas, garajes y trasteros en Vilalba". Es parte como demandada "INSTITUTO GALEGO DA. VIVENDA E SOLO" representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Xunta de Galicia. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día veintiuno de noviembre de 2002.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.
Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la desestimación presunta por silencio por el Instituto Galego da Vivenda e Solo de la reclamación formulada por "Moduldesign, S. A. " del pago de intereses de demora por el pago tardío de las certificaciones números 4, 5, 6, y 7 de la obra "Construcción de 32 viviendas, garajes y trasteros en Vilalba".
Las alegaciones contenidas en el segundo de los fundamentos de derecho de la contestación a la demanda tienen que ser rechazadas, ya que el criterio de la Administración es contrario a la más...
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