STSJ Galicia , 24 de Junio de 2002

PonenteJOSE LUIS COSTA PILLADO
ECLIES:TSJGAL:2002:4522
Número de Recurso10243/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NÚMERO: 10243/1997 RECURRENTE: CAJA DE AHORROS DE GALICIA ADMON. DEMANDADA: AYUNTAMIENTO DE XINZO DE LIMIA PONENTE: JOSE LUIS COSTA PILLADO EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO 828/2002 Ilmos. Señores:

D. Francisco Javier Amorín Vieitez, presidente D. JOSE LUIS COSTA PILLADO.

D. Juan Carlos Fernández López.

A Coruña veinticuatro de junio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 10243/97, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por CAJA DE AHORROS DE GALICIA, representado por el procurador D. VICTOR LOPEZ RIOBOO Y BATANERO y dirigido por el letrado d. JOSE LUIS RABUÑAL PATIÑO, contra acuello de 12.08.97 desestimatorio de recurso de reposición contra otro de la Comisión Municipal de Gobierno de 17.12.96 sobre liquidación del impuesto sobre actividades económicas ejercicio 1.993. No comparece la Administración demandada AYUNTAMIENTO DE XINZO DE LIMIA. La cuantía del asunto es 361 euros.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS COSTA PILLADO

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

  2. No habiendo comparecido la Administración demandada, se tuvo por decaída en el presente procedimiento, continuándose su tramitación sin más citarle no oírle, por proveído de fecha veinte de abril de 1.998.

  3. No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones se señaló para votación y fallo el día cinco de junio de dos mil dos, fecha en que tuvo lugar.

  4. En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna mediante el presente recurso contencioso-administrativo acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, adoptado en sesión de fecha 12 de agosto de 1997, desestimatorio de recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de 17 de diciembre de 1996 referente a liquidación girada por el...

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