STSJ Aragón , 26 de Noviembre de 2003

PonenteJOSE EMILIO PIRLA GOMEZ
ECLIES:TSJAR:2003:3100
Número de Recurso535/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SECCION 4ª)

Recurso núm. 535/00- SENTENCIA Num. 963/03 ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Natividad Rapun Gimeno MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez D. Vicente Goñi Larumbre Recurso: Personal Cuantía: Indeterminada En la Ciudad de Zaragoza a Veintiséis de Noviembre de dos mil tres.

En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contecioso Administrativo (Sección Cuarta), constituida para el examen del presente caso, ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso contencioso administrativo interpuesto por Sara , representado por el Procurados Sra. Prieto Sogo y asistido por el Letrado Sr. Pinedo Cestafe contra DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGON, representado y asistido del Letrado de la Comunidad Autonoma.

Las resoluciones que se impugnan son la dictadas en fechas de 23-3-2000 y 1-9-2000 del Director General de la Función Publica y del Consejero de Economía, acordando desestimar los respectivos recursos de alzada contra las Resoluciones de fecha 19-11-99 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas y de fecha 3-12-99 del Director General de la Función Publica haciendo públicos los aspirantes que han superado las pruebas selectivas.

Ha sido Ponente D. José Emilio Pirla Gómez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha de 19-11-99 se dictó Resolución por el Tribunal Calificador de la pruebas selectivas y posteriormente en fecha de 3-12-99 por el Deirector General de la Función Publica se deicto Resolución haciendo publica la lista de aspsirantes que habían superado las pruebas selectivas. Contra a mabsa resoluciones se intyerpuso por la recurrente recurso de alzada siendo ambas desestimadas por

Resolución de fecha de 23-3-2000 del Director General de la Función Publica y de fecha 1-9-200 del Consejero de Economía.

Frente a estas resoluciones se interpone el presente recurso contencioso- administrativo.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar el recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, concluía con el suplico de que se dictara Sentencia por la que, con estimación del recurso se revocaran las resoluciones recurridas; con la intervención del Letrado de la Administración demandada que interesó la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba y practicada la propuesta por las partes con el resultado obrante en autos, se señaló para la votación y Fallo de este procedimiento la fecha de 24 de Noviembre del 2003.

CUARTO

Así mismo, por Acuerdo de la Presidencia de fecha 26 de Mayo del 2003, se constituyó la Sección Cuarta de refuerzo de la que forma parte el Magistrado que dicta la presente resolución.

En la sustanciación de este pleito, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIME...

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