SAP Palencia 136/2010, 1 de Junio de 2010
Ponente | MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE |
ECLI | ES:APP:2010:302 |
Número de Recurso | 118/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 136/2010 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PALENCIA
SENTENCIA: 00136/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
PALENCIA
Sección 001
Domicilio : PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1
Telf : 979.167.701
Fax : 979.746.456
Modelo : SEN01
N.I.G.: 34120 37 1 2010 0100122
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000118 /2010
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CERVERA DE PISUERGA
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000434 /2008
RECURRENTE : Patricia
Procurador/a : MONICA QUIRCE GONZALEZ
Letrado/a : LUCIANO AMOR SANTOS
RECURRIDO/A : Jose Miguel
Procurador/a : JOSE MANUEL TRECEÑO CAMPILLO
Letrado/a : DOLORES VILLAR VILLANUEVA
Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen ha pronunciado
la siguiente SENTENCIA NUMERO CIENTO TREINTA Y SEIS
SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
DON CARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
DON MIGUEL DONIS CARRACEDO
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Palencia, a uno de junio de dos mil diez
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los Autos de
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000434 /2008, procedentes del JDO.1A.INST. e INSTRUCCION
N.º1 de CERVERA DE
PISUERGA, a los que ha correspondido el Rollo 0000118 /2010,en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la
sentencia recaída en el mismo de fecha 18 de diciembre de 2009 en los que aparece como parte apelante Dª. Patricia, representado por la Procuradora Dª. Mónica Quince González, y asistido por el Letrado D. Luciano Amor Santos, y
como apelado D. Jose Miguel, representado por el Procurador D. José Manuel Treceño Campillo, y
asistido por la Letrada Dª. Dolores Villar Villanueva, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. SR. DON MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE.
Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Jose Miguel representado por la Procuradora de los Tribunales, Dª Begoña Tejerina de la Mata contra Dª Patricia representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Martina Fernández Ruiz condenándose a esta: - A arrancar las plantas que tenga a menos de 50 centímetros de la propiedad del actor.- - A que abone al actor la suma de 1.409,60 euros que se corresponde con el costo de reparar los daños habidos en su vivienda y hornera por razón de las humedades sufridas por el estado en que se hallan las propiedades de la demandada, con el interés legal que corresponda desde la interpelación judicial.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Contra dicha Sentencia interpuso la parte demandada el presente Recurso de Apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás Partes para que presentaran escritos de impugnación o adhesión, fueron elevados los autos ante esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente Resolución.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Cervera de Pisuerga dictó sentencia en fecha 18 de diciembre de 2009 por la que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación de Don Jose Miguel contra Dª Patricia, condenó a esta ultima a arrancar las plantas existentes en su dominio a menos de 50 cm. de la propiedad del actor; y a que abonase a este ultimo la cantidad de 1.409,60 euros, y ello con abono de costas por cada parte de las referidas a las causadas a su instancia y las comunes por mitad; y contra dicha sentencia se alza la representación de Dª Patricia, demandada en el procedimiento, que muestra su disconformidad con ambos pronunciamientos condenatorios que suponían la estimación parcial de la demanda; y todo ello en recurso del que dado traslado a la contraparte fue objeto de oposición con el resultado que obra en autos.
En el escrito de demanda se hacía referencia a que Don Jose Miguel, actor en el procedimiento, y Dª Patricia, demandada, eran titulares dominicales de sendas fincas, limítrofes entre si, en la localidad de Matamorisca, y que en la casa propiedad del actor se habían producido humedades, consecuencia de la existencia de arbustos en el inmueble de la demandada, a menos de 50 cm. del muro divisorio de propiedades, y de la no realización de obras por parte de esta última; por lo que pedía la retirada de los arbustos, que se condenase a la demandada a la realización de las obras en cuestión, y que indemnizase al actor en la cantidad que en último termino ha sido de condena por los daños producidos a consecuencia de la no realización de dichas obras. La Juzgadora "a quo" después de considerar la no existencia de los arbustos en el momento de dictar sentencia, y de que en consecuencia había desaparecido el objeto del procedimiento en este punto, y a pesar de ello, condenaba a la retirada de los arbustos que pudieran existir, absolvía a la demandada de la pretensión de realización de obras, puesto que consideraba, a la vista de prueba pericial, que no eran de su responsabilidad, y la condenaba al pago de la cantidad de 1.409,60...
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