SAP Murcia 361/2010, 22 de Junio de 2010
Ponente | CAYETANO RAMON BLASCO RAMON |
ECLI | ES:APMU:2010:1410 |
Número de Recurso | 347/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 361/2010 |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00361/2010
SENTENCIA Nº 361/10
ILMOS SRES
D. Fernando López del Amo González
Presidente
Dª. Mª Pilar Alonso Saura
D. Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a veintidós de junio de dos mil diez.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio Ordinario núm. 61/2009, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. cuatro de Murcia, entre las partes, como actora, y en esta alzada apelante, Maximo, representado por la Procuradora Srª. Durante León, defendido por el Letrado Sr. Martínez Nadal, y como demandada, y en esta alzada apelada, Braulio y Pelayo, representado por el Procurador Sr. Hurtado López, defendido por el Letrado Sr. Puerta Ros, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Cayetano Blasco Ramón, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado, con fecha, 22 de diciembre de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que desestimando la demanda presentada por la Procuradora Dª. AFRICA DURANTE LEON en nombre y representación de D. Maximo contra D. Braulio Y LA COMPAÑIA PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA representados por el Procurador D. JOSE MIGUEL HURTADO LOPEZ debo absolver a la parte demandada de las pretensiones aducidas en su contra, todo ello con expresa condena en costas a la parte actora".
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora, siéndole admitido, y tras los trámites previsto en la L.E. Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia, formándose el presente Rollo por la Sección Primera con el núm. 347/2010, designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose deliberación y votación para el día 21 de junio de 2010.
En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Alega la parte apelante, en síntesis, que la sentencia de instancia incurre en error a la hora de valorar la prueba, invocando lo manifestado por el testigo Sr. Jorge para considerar que han quedado acreditados los hechos relatados en su escrito de demanda, y argumentando las razones por las cuales es factible la colisión en la parte trasera del vehículo del codemandado aun estando en situación oblicua el mismo en la maniobra de giro a la izquierda que efectuaba.
Procede acoger las alegaciones de la parte apelante, pues si bien es cierto que el...
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