SAP Madrid 332/2010, 17 de Mayo de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución332/2010
Fecha17 Mayo 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00332/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 23/2010

Ilmos. Sres. Magistrados:

PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA

JULIO CARLOS SALAZAR BENÍTEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a diecisiete de mayo de dos mil diez.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 707/2009, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 23/2010, en los que aparece como parte apelante Alberto y Sabina, y como apelado EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y EL SUELO DE MADRID, S.A., sobre desahucio en precario, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Madrid, en fecha 14 de julio de 2009, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Otero García en nombre y representación de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid contra D. Alberto y Dña. Sabina y en su mérito declaro haber lugar al desahucio del piso sito en Madrid, Calle DIRECCION000 nº NUM000, piso NUM001 y condeno a los demandados a desalojarlo y dejarlo libre y a disposición de su dueño con apercibimiento de lanzamiento si no lo desalojara, el cual tendrá lugar en su caso el día 20 de octubre de 2009 a las 9'30 horas. Con expresa condena en costas a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la primera instancia, que ha estimado la demanda interpuesta por la "EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A." contra DON Alberto y DOÑA Sabina, en los términos que se reproducen en los antecedentes de hecho de la presente resolución, se ha alzado la representación procesal de los...

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