SAP Badajoz 168/2010, 28 de Mayo de 2010

PonenteFIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ
ECLIES:APBA:2010:486
Número de Recurso228/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución168/2010
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ

SECCIÓN TERCERA

MÉRIDA

SENTENCIA Nº 168/10

ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO

ILMOS SRES MAGISTRADOS:

D. JESÚS SOUTO HERREROS

Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ (Ponente)

Recurso Civil nº 228/10.

Autos nº 423/06. Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Mérida.

En Mérida a 28 de Mayo de dos mil diez

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados infrascritos, ha examinado el recurso de apelación nº 228/10 interpuesto frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Mérida, en los Autos nº 423/06, de Procedimiento Ordinario, siendo partes apelantes la entidad AUTOMÁTICOS FAME S.A defendida por el Letrado Sr. Puerto Murillo y representada por el Procurador Sr. Mena Velasco, D. Plácido, CAFÉ BAR RESTAURANTE CHAMORRO S.L y MAPFRE SEGUROS GENERALES S.A, representados por el Procurador Sr. Cabrera Chaves y representado por el Procurador Sr. Almagro González y D. Juan Manuel Y Dª Sagrario, defendidos por el Letrado Sr. Almagro González y representados por el Procurador Sr. Diaz Durán, como parte apelada GROUPAMA, defendida por el Letrado Sr. Baselga Carreras, representada por el Procuradora Sr. Soltero Godoy, D. Demetrio, representado por la Procuradora Sra. Fuentes del Puerto, EUROMUTUA, SEGUROS y REASEGUROS, defendido por el Letrado Sr. Sánchez Galindo y representado por el Procurador Sr. Mena Velasco, ALLIANZ CIA SEGUROS y REASEGUROS, representada por la Procuradora Sra. Viera Ariza y PELAYO ASEGURADORA, representada por el Procurador Sr. Riesco Martinez sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la resolución objeto de recurso de fecha 28 de Septiembre de 2009 establece: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Soltero, en nombre y representación de Groupama, S.A., que dio lugar a los autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 423/06, contra D. Plácido y Mapfre, condenando solidariamente a los demandados al pago de nueve mil novecientos setenta y tres euros con ocho céntimos de euro (9.973,08 euros), con imposición de costas a los demandados en cuanto a las costas devengadas a la actora.

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por el Procurador Sr. Riesco, en nombre y representación de la aseguradora Pelayo, que dio lugar a los autos número 434/08 seguidos ante el Juzgado nº 2 de los de esta ciudad y acumulados a los presentes, en los que resultaron demandados el Sr. Demetrio y la aseguradora Allianz, condenando solidariamente a ambos al pago de treinta y un mil seiscientos diez euros con noventa y seis céntimos de euro (31.610,96 euros), con imposición de las costas generadas a los actores a los demandados.

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por el Procurador Sr. Mena, en nombre y representación de Euromutua, S.A., que dio lugar a los autos número 503/06 seguidos ante el Juzgado nº 1 de los de esta ciudad y acumulados a los presentes, resultando demandados CAFÉ BAR RESTAURANTE CHAMORRO, S.L., MAPFRE, S.A., el Sr. Demetrio y la aseguradora Allianz, condenando solidariamente a los demandados al pago de sesenta y cinco mil seiscientos setenta y tres euros con ochenta y dos céntimos de euro (65.673,82 euros), con imposición de las costas generadas por la actora a los demandados.

Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por CAFÉ BAR RESTAURANTE CHAMORRO,S.L. y MAPFRE, que dio lugar a los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de esta ciudad número 84/07, acumulados a los presentes, resultando demandados el Sr. Demetrio y Allianz, absolviendo a los demandados de las pretensiones obradas de contrario, con imposición de costas a los actores.

Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por D. Juan Manuel y Dña. Sagrario, que dio lugar a los autos seguidos ante el Juzgado nº 1 de los de esta ciudad bajo el número 703/06, contra el Sr. Demetrio y Allianz, absolviendo a los demandados de las pretensiones obradas de contrario, con imposición de costas a los actores.

Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por Automáticos Fame, S.L., que dio lugar a los autos número 707/06 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de esta ciudad y acumulados a los presentes, en los que resultaron demandados el Sr. Demetrio y la...

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