SAP Ávila 143/2010, 27 de Mayo de 2010

PonenteJESUS GARCIA GARCIA
ECLIES:APAV:2010:222
Número de Recurso115/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución143/2010
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

SENTENCIA: 00143/2010

Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A N Ú M: 143/2010

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILUSTRÍSIMOS SRES.

PRESIDENTA

DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ

MAGISTRADOS

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

DON MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ

En la ciudad de AVILA, a veintisiete de Mayo de dos mil diez.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 218/2009, seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.4 de AVILA, RECURSO DE APELACION 115/2010, entre partes, de una como recurrente D. Gabriel, representado por la Procuradora Dª BEATRIZ LUISA GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, dirigido por el Letrado D. JULIAN CACHON HERNANDO, y de otra como recurrido COMERCIAL PECUARIA SEGOVIANA, S.A., representada por la Procuradora Dª YOLANDA SANCHEZ RODRIGUEZ y dirigida por el Letrado D. ALVARO MARTIN VAZQUEZ CODES.

Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. D. JESÚS GARCÍA GARCÍA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.4 de AVILA, se dictó sentencia de fecha 17 de Diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda presentada por la mercantil Comercial Pecuaria Segoviana S.A, representada por la procuradora Dª Yolanda Sánchez Rodríguez y defendida por el Letrado D. Álvaro Martín Vázquez Codes, contra D. Gabriel, representado por la procuradora Dª Beatriz González Hernández y defendido por el Letrado D. Julián Cachón Hernando: A) Condeno a la parte demandada, D. Gabriel, a pagar a la parte actora, la mercantil Comercial Pecuaria Segoviana S.A, la suma de diez mil ochocientos veinte y cinco euros con noventa y nueve céntimos (10.825,99 euros), así como el interés legal del dinero incrementado en dos puntos de la citada suma desde la fecha de la presente sentencia hasta que sea totalmente ejecutada. B) No se hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación, que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre la Sentencia de instancia la defensa de D. Gabriel, quien pide su revocación, y, que se desestime en su integridad la demanda que promovió la entidad demandante de primer grado Comercial Pecuaria Segoviana S.A (Copese S.A).

En definitiva, esta entidad reclama el pago de tres facturas, correspondientes al suministro de mercancía al aquí apelante (concretamente pienso para ganado, 6015 Terneindustrial G):

-La factura nº 212.796 de fecha 8 de Noviembre de 2006, por un total de 3.163,13 #

-La factura nº 213014 de fecha 13 de Noviembre de 2006, por un total de 3.363,44 #

-Y la factura nº 213246 de fecha 27 de Diciembre de 2006, por un total de 4.304,48 #.

El total estimado en la Sentencia recurrida es de 10.825,99 #.

No se incluye la factura 212516 de fecha 10 de Octubre de 2006, por no ser objeto de recurso.

Los motivos que esgrime el apelante D. Gabriel para defender su recurso de apelación, tal como ya hizo en su contestación a la demanda, son que la mercancía cuyo importe se reclama como suministrada, no fue recibida, y había roto sus relaciones comerciales con Copese, S.A., debido a que en anteriores suministros, se recibió una mercancía defectuosa por parte de la demandante en la instancia (Copese S.A), lo que motivó que el recurrente diera parte a la aseguradora Helvetia en fecha 31 de Julio de 2006, detectándose una situación anómala de los terneros, con muerte de alguno de ellos desde Abril de 2006 hasta finales de 2006, siendo indemnizado por la aseguradora, en fecha 22 de Diciembre de 2006, en la cantidad de 71.109,98 #.

La entidad demandante sostuvo en el acto del juicio, por medio de su Sr. representante legal D. Herminio, que dejó de suministrar la mercancía al apelante porque no pagaba las facturas.

Sin embargo el aquí recurrente sostiene que, debido a la mercancía defectuosa que suministró la apelada, dejó de hacer pedidos a la entidad Copese S.A desde Noviembre de 2006 en adelante, recibiendo la mercancía de otra entidad llamada Iniciativas Alimentarias S.A (Imalsa), por lo que no reconoce haber recibido mercancía alguna de la entidad Copese S.A en las fechas que señalan las facturas reclamadas, ya que había perdido confianza en esta empresa.

SE...

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