STSJ Castilla y León , 18 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
ECLIES:TSJCL:2002:5545
Número de Recurso1914/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Social

Rec. Núm 1914/02 Ilmos. Sres.

Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. José María Ramos Aguado D. Emilio Alvarez Anllo En Valladolid, a dieciocho de noviembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.1914 de 2.002, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de PONFERRADA (Autos 225/02) de fecha 23 DE MAYO DE 2002 dictada en virtud de demanda promovida por Penélope contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Mª Luisa Segoviano Astaburuaga..

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de abril de 2002 se presentó en el Juzgado de lo Social de Ponferrada Dos demanda formulada por Penélope en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"1.- La actora nació el 27 de Julio de 1955, estuvo afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº de afiliación NUM000 , prestó sus servicios para la Empresa Ayuntamiento de Cacabelos con la categoría profesional de Auxiliar de enfermería. 2.- Inició Expediente Administrativo en solicitud de Invalidez Permanente derivada de enfermedad común el 16 de Enero del 2002 que le fue denegado por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 6 de Febrero del 2002 confirmando la propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 5 de Febrero del 2002 por considerar que la actora no se encuentra afecta a invalidez permanente en grado alguno. 3.- La actora padece en la actualidad las siguientes dolencias: Trastorno afectivo persistente. Trastorno ansiedad generalizado.Sindrome de fatiga crónico.

Fibromialgia. El proceso psiquiátrico es crónico y sin expectativa de mejoría (folios 53 y 54). 4.- El reconocimiento médico oficial es de fecha 29 de Enero del 2002. 5.- La Base Reguladora de las prestaciones que se solicitan es de 442, 86 euros/mes con la que las partes estuvieron conformes. 6.-

Agotada la vía previa se interpuso demanda el día 15 de Abril del 2002."

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por los demandados .

Elevados los autos a esta Sala, se designó Ponente,...

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