STSJ Navarra , 15 de Noviembre de 2003

PonenteJAVIER MARIA TAJADURA TEJADA
ECLIES:TSJNA:2003:1536
Número de Recurso756/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1191/ 03 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ MAGISTRADOS, D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA D. JAVIER Mª TAJADURA TEJADA En Pamplona/Iruña, a quince de noviembre de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000756/2002, promovido contra resolución de fecha 18 de marzo de 2002 dictada por la Delegación del Gobierno en Navarra en el expediente nº 2/4489 por la que se deniega el permiso de residencia temporal por la acreditación de la situación de arraigo y de autorización para trabajar al recurrente., siendo en ello partes:

como recurrente D. Marco Antonio , representado por la Procuradora Sra. De la Parra y defendida por la Letrada Sra. Del Pozo; y como demandado LA ADMINISTRACION, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente contencioso se impugna la resolución reseñada en el encabezamiento que precede, solicitándose su nulidad por hallarlas en disconformidad al Ordenamiento Jurídico, según los razonamientos que luego serán objeto de estudio.

SEGUNDO

La Abogacía del Estado se opone a todo ello sustentando la legalidad del acuerdo impugnado, siguiendo la línea marcada por las resoluciones combatidas en vía administrativa y en atención a las razones que da en sus escritos correspondientes que constan a disposición de las partes y que no vamos a reproducir para evitar inútiles reiteraciones, ya que, también a continuación van a ser objeto de estudio.

TERCERO

Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 11 de noviembre de dos mil tres.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JAVIER Mª TAJADURA TEJADA.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si la resolución de la Delegación del Gobierno en Navarra de 18 de marzo de 2002 por la que se deniega el permiso de residencia temporal y de autorización para trabajar del recurrente es o no conforme a derecho. El recurrente reside en España desde Agosto de 2000, en la localidad de Fontellas, y el 3 de julio de 2001 recibe una oferta de trabajo. El 4 de julio solicita el permiso de residencia temporal con autorización para trabajar. El recurrente alega la situación de arraigo para justificar su solicitud y la resolución recurrida deniega el permiso, precisamente, por considerar que dicha situación de arraigo no...

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