STSJ Andalucía , 16 de Diciembre de 2002

PonenteMARIA LUISA ALEJANDRE DURAN
ECLIES:TSJAND:2002:17551
Número de Recurso609/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

OU 4955218 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 609/2001 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares García Ilmos. Sres. Magistrados Don Francisco José Gutiérrez del Manzano Doña María Luisa Alejandre Durán En la ciudad de Sevilla, a dieciséis de diciembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 609/2001, interpuesto por D. Everardo , representado por el Procurador Dª. Mónica Higueras Carranza y defendido por el Letrado Dª. Carmen Colmena García, contra Resolución de la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CEUTA, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 30 de enero de 2001 contra la Resolución que se citará en el Fundamento Jurídico Primero.

SEGUNDO

En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte Sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia, instando por medio de otrosí el recibimiento a prueba.

TERCERO

Dado traslado del escrito de demanda, la Administración demandada contestó en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara Sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

CUARTO

No recibido el pleito a prueba y declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los autos a la vista con citación de las partes para Sentencia y se señaló para votación y fallo el día 10 de diciembre de 2002, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Alejandre Durán.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la Resolución de la Delegación del Gobierno de Ceuta de 5 de enero de 2001 por la que se decreta la expulsión del territorio nacional con la consiguiente prohibición de entrada en España y países del Acuerdo Schengen durante tres años.

SEGUNDO

El actor, nacional de Nigeria fue interceptado en la ciudad de Ceuta por los servicios policiales comprobándose que carecía de la documentación necesaria para su entrada en territorio español.

Instruido el oportuno expediente conforme a la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros y el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora Real Decreto 1398/1993 de 4 de agosto, fue oído alegando que entró en Ceuta el 10 de octubre de 2000...

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