STSJ Galicia , 20 de Marzo de 2003

PonenteJOSE LUIS COSTA PILLADO
ECLIES:TSJGAL:2003:1534
Número de Recurso8335/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NÚMERO: 8.335/1998 RECURRENTE: UTE ARSENAL ADMON. DEMANDADA: AYUNTAMIENTO DE FERROL (A CORUÑA)

PONENTE: JOSE LUIS COSTA PILLADO EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO 486/2003 Ilmos. Señores:

D. Francisco Javier Amorín Vieitez, presidente D. JOSE LUIS COSTA PILLADO.

D. Juan Carlos Fernández López.

A Coruña, veinte de marzo de dos mil tres.

En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 8335/98, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por la entidad "UTE ARSENAL", representado por procurador D. LUIS SÁNCHEZ GONZALEZ y dirigido por el letrado D. GUMERSINDO PEDRO GALEGO FEAL, contra acuerdo de 16.02.98 desestimatorio de recurso de reposición contra liquidaciones del impuesto de construcciones (ICIO) y tasa por otorgamiento de licencia urbanística de obras y renovación de la red de saneamiento del Arsenal de Ferrol. Es parte la administración demandada AYUNTAMIENTO DE FERROL (A CORUÑA), representada por la procuradora Dª. MARIA GANDOY FERNÁNDEZ y dirigida por el letrado D. EMILIO SANTOME CASTRO. La cuantía del asunto es CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE EUROS (46.429 euros).

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE LUIS COSTA PILLADO.

ANTECEDENTES DE HECHO

I: Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

II: Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

III: No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día doce de febrero de dos mil tres, fecha en que tuvo lugar.

IV.- En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna mediante el presente recurso contencioso-administrativo acuerdo adoptado en sesión de fecha 16 de febrero de 1998 por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Ferrol, desestimatorio de recurso de reposición interpuesto contra liquidación de ICIO por obras de renovación de la red de saneamiento en el Arsenal de Ferrol y la Esepa, pretendiendo la parte recurrente, contratista que las ejecutó y tiene la condición de sujeto pasivo a título de sustituto del contribuyente, que se declare la...

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