ATS, 4 de Mayo de 2010

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2010:5488A
Número de Recurso2562/2003
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Mayo de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de la mercantil MONTEROGOLF S.L por escrito de fecha 23 de septiembre de 2003 interpuso recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 31 de diciembre de 2002, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 279/01, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 56/1999 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Marbellla.

  2. - Mediante Providencia de 23 de octubre de 2003 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordando el emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - Por medio de escrito presentado, el día 12 de noviembre de 2003, en el Registro General del Tribunal Supremo, el Procurador D. Jorge Deleito García en nombre y representación de la mercantil MONTEROGOLF S.L se personó en el presente rollo como parte recurrente. Con fecha 2 de diciembre de 2003, el Procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, presentó escrito en nombre y representación de la mercantil BSN-BANIF S.A personándose en concepto de parte recurrida .

  4. - Por Auto de esta Sala de fecha 3 de marzo de 2006, se acordó la suspensión de la tramitación de los recursos interpuestos hasta tanto recayera resolución poniendo término a las Diligencias Previas nº 4810/05 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Marbella.

  5. - Con fecha 8 de febrero de 2010 por el Procurador de la parte recurrente se ha presentado escrito interesando se alce la suspensión acordada, al haber sido definitivamente archivadas las citadas diligencias, solicitando se tenga aportada documentación que al referido escrito acompaña.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Habiendo sido archivadas las Diligencias Previas que dieron origen a la suspensión en la tramitación de los presentes recursos, procede el alzamiento de dicha suspensión y examinados los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil MONTEROGOLF S.L al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, de la LEC 1/2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad con lo establecido en los arts. 474 y 485 de la LEC, entréguese copias del escrito de interposición de los recursos admitidos, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ALZAR LA SUSPENSIÓN y ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y DE CASACION, interpuesto por la representación procesal de la mercantil MONTEROGOLF S.L., contra la Sentencia dictada, con fecha 31 de diciembre de 2002, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 279/01, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 56/1999 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Marbellla.

  4. - Entréguese copias del escrito de interposición de los recursos admitidos, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  5. - En relación a la documentación aportada únase a las actuaciones quedando pendiente la decisión del Tribunal sobre su admisión.

    De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 de la LEC, contra esta resolución no cabe recurso alguno.

    Notifíquese la presente resolución a la parte recurrente y recurrida comparecidas ante este Tribunal.

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