STSJ Asturias , 9 de Mayo de 2003

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
ECLIES:TSJAS:2003:2128
Número de Recurso2220/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0102634 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002220/2002 MATERIA: OTROS DCHOS. LABORALES RECURRENTE/s: Eugenio , Jose Ignacio , Bruno , María Teresa , Pilar RECURRIDO/s: IBERIA COMPAÑIA ANONIMA DE SEGUROS GENERALES SA. (EN LIQUIDACION, COMISION LIQUIDADORA DE ENTIDADES ASEGURASS_DORAS, COOPERATIVA ASTURIANA DE ARTE Y DECORACIONN, HERMES SEGUROS SA. (EN LA ACTUALIDAD DENOMINADA LA ESTRELLA SA DE SEG Y REAS.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 003 de OVIEDO DEMANDA 0001121/2001 Sentencia número: 1421/03 Ilmos. Sres.

D. EDUARDO SERRANO ALONSO Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ En OVIEDO a nueve de Mayo de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0002220/2002, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. JOSE

RAMON LLAMES PRADO, en nombre representación de Eugenio , Jose Ignacio , Bruno , María Teresa , Pilar , contra la sentencia de fecha veintinueve de mayo de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 003 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0001121/2001, seguidos a instancia de Eugenio , Jose Ignacio , Bruno , María Teresa , Pilar frente a IBERIA COMPAÑIA ANONIMA DE SEGUROS GENERALES SA. (EN LIQUIDACION, COMISION LIQUIDADORA DE ENTIDADES ASEGURASS_DORAS, COOPERATIVA ASTURIANA DE ARTE Y DECORACION, HERMES SEGUROS SA.(EN LA ACTUALIDAD DENOMINADA LA ESTRELLA SA DE SEG Y REAS., parte demandada representada por el/la Sr./Sra.

Letrado D/Dª. MARIA JESUS BONDI VALLAUR, LUIS ANTOLIN MIER, en reclamación de cantidad, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintinueve de mayo de dos mil dos por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Los accionantes, son hermanos de doble vínculo y herederos legales de D. Roberto , nacido el 8 de Mayo de 1936, afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , y fallecido el 4 de enero de 1999.

  2. - D. Roberto prestó servicios pro cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada Cooperativa Asturiana de Arte y Decoración desde el 15 de Octubre de 1970, ostentando la categoría profesional de oficial de primera; por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 25 de septiembre de 1998 fue declarado afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de enfermedad profesional con efectos económicos del 8 de mayo de 1997 por presentar:

    "Hipoacusia neurosensorial bilateral prácticamente total de OD. Cofosis y con umbrales a 65-70 DES en OI, confirmada pro potenciales evocados auditivos".

  3. - El Convenio Colectivo de Carpintería y Ebanistería de Asturias aplicable a la empresa demanda y publicado en el BOPA. de 20 de Febrero...

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