STSJ Cantabria , 11 de Julio de 2003

PonenteFRANCISCO MARTINEZ CIMIANO
ECLIES:TSJCANT:2003:1484
Número de Recurso252/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00996/2003 Recurso núm. 252/2003 Secretaria Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Iltmo.Sr.D. Francisco Martinez Cimiano MAGISTRADOS Iltma.Sra. Doña Mercedes Sancha Saíz Iltmo.Sr.D. Rubén López Tamés Iglesias EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos.Sres. Citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a once de Julio de dos mil tres.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Dos de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente el Iltmo.Sr.D. Francisco Martinez Cimiano quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Lázaro , sobre Invalidez, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 10 de Enero de 2003, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor D. Lázaro nacido el 128 de Junio de 1949 se encuentra afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena con el núm. NUM000 reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de conductor.

  2. - Por resolución de la Dirección Provincial del INSS De 19 de Abril de 2000 el actor fue declarado en situación de Incapacidad Permanente en grado de total, en base a las siguientes limitaciones funcionales "cardiopatía isquémica, dilatación en dos ocasiones, la ultima al iniciar la baja actual. Persiste dolor torácico últimos nitritos hoy y ayer. Ingreso hospitalario en febrero del 200º por isquemia cerebral transitoria. Desde entonces irritabilidad, sensación de que va a perder el control. Pendiente de ser visto pos psiquiatra.

    Auscultación cardiaca rítmica a 74 por minuto. Discreta paresia facial. Vendaje e inmovilización en dedo 1 mano derecho. (fractura o luxación hace 2 días). Entre la documentación aportada: ingreso hospitalario el 6.6.98 por hemorragia digestiva por doble ulcus gástrica. Posteriores controles en cardiología. Además de ser asistido en urgencias, ingreso en cardiología el 22-5-99, y en junio del 99 se realizó cateterismo encontrándose lesiones severas de la descendente anterior y la coronaria derecha, practicándose dilatación y stente. Una ergometria posterior fue eléctricamente negativa y presentó dolor toracico, considerándose de buen pronóstico. Pero otra coronariografia el 31-1-00 encontró nueva estenosis de la proximal también a la anterior sobre la que no se actuó por ser menor del 50%. Ingreso el 11-2-2000 por probable ait. Tiene volante de médico de cabecera para psiquiatría por agresividad en el medio familiar y conducta antisocial.

    Aún no tiene cita. HTA: Hiperglucemia. Dislipmia. Cardiopatía isquémica enfermedad de dos vasos, dilatación y sten de la descendente anterior y la coronaria derecha en junio del 99. Reestenosis de ambas previas al stente, colocándose nuevo stent en la descendente anterior. Alteración del comportamiento en estudio. AIT en febrero de 2000., Mal a aparición de nuevas estenosis a los 6 meses y ataque isquémico transitorio.

    Esta resolución fue confirmada por STSJ Cantabria de 28-1-2002 que revocó la dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de 29 de Septiembre de 2000 que con dicho cuadro clínico había declarado al actor en situación de I.P.A. 3º.- El 15 de Marzo la actora solicitó la revisión del grado de incapacidad que le afecta, recayendo resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 10 mayo de 2002, por la que se desestima su petición.

  3. - La base reguladora de la incapacidad permanente absoluta es de 994, 94 euros mensuales, con efectos económicos desde 19 de mayo de 2002.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico. Afectación actual. Refiere episodios frecuentes de dolor precordial. Desencadenados por pequeños esfuerzos (nunca le ha ocurrido en reposo), esto dice que le ha provocado múltiples ingresos y asistencias a urgencias. También refiere clínica de claudicación intermitente en...

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