STSJ Castilla y León , 22 de Mayo de 2003

PonenteJAVIER ORAA GONZALEZ
ECLIES:TSJCL:2003:2627
Número de Recurso2684/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 2684/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 608 ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a veintidós de mayo de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Candelario (Salamanca) de 2 de abril de 1998, dictada en el expediente número 25/98, por la que se concedió a D. Daniel licencia para la ejecución de un muro de contención en la calle Parque s/n de esa localidad.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: Dª Rosa , representada y defendida por la Letrada Sra. De Diego Mañueco.

Como demandada: Ayuntamiento de Candelario (Salamanca), representado por el Procurador Sr. Hidalgo Martín y defendido por el Letrado Sr. Plaza Veiga.

Como codemandada: D. Daniel , representado por el Procurador Sr. Ballesteros González y defendido por el Letrado Sr. Muñoz Cascón.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia declarando nula la licencia impugnada, y dejándola sin valor ni efecto alguno, con cuantas consecuencias en derecho procedan.

Por OTROSI, se solicitó el recibimiento a prueba del pleito.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la parte demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestime el recurso contencioso-administrativo promovido por Doña Rosa , por ajustarse a derecho la licencia urbanística de 2 de abril de 1.998, otorgada a favor de Don Daniel , condenando a la recurrente a pagar las costas de ese recurso, decretando al efecto todo lo demás que sea procedente en derecho.

TERCERO

En el escrito de contestación de la parte codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso por ajustarse a derecho la licencia objeto de impugnación, condenando a la recurrente a pagar las costas del procedimiento.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

QUINTO

Presentado por todas las partes escrito de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día pasado día quince de mayo.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por Dª Rosa recurso contencioso administrativo contra la resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Candelario (Salamanca) de 2 de abril de 1998, dictada en el expediente número 25/98, por la que se concedió a D. Daniel licencia para la ejecución de un muro de contención en la calle...

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