STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Abril de 2002

PonenteMARIA AMPARO BALLESTER PASTOR
ECLIES:TSJCV:2002:3978
Número de Recurso1199/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Abril de 2002
EmisorSala de lo Social

3 recurso nº 1199/00 3 recurso nº 1199/00 Recurso contra Sentencia núm. 1199/00 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz Ilma. Sra. Dª Amparo Ballester Pastor.

En Valencia, a once de abril de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2192/2.002 En el Recurso de Suplicación núm. 1199/00, interpuesto contra la sentencia de fecha 20 ENERO 2.000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. siete de Alicante, en los autos núm. 417/99, seguidos sobre Reconocimiento derechos, a instancia de D. Arturo , representado por la letrada Dª Mª Victoria Carreño Carreño, contra CONSELLERIA DE SANIDAD, representada por el letrado D. Jose Mª Orellana Pizarro Ruiz, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Amparo Ballester Pastor.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 20 ENERO 2.000, dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Arturo contra CONSELLERIA DE SANIDAD DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, y en su consecuencia la absuelvo de los pronunciamientos deducidos en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor D. Arturo con DNI nº NUM000 y cuyas circunstancias personales constan en su demanda presto servicios como ATS con plaza en el hospital General Univeristario de Alicante hasta que causo baja el 31-3-99 por jubilación. SEGUNDO.- Por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social se le reconoce pensión de jubilación en cuantia de 270.056 ptas al mes brutas, por catorce pagas anuales y con efectos desde el 1-4-99. TERCERO.- Por resolución de fecha 4 de mayo de 1.999 y con efectos de 1 de abril de 1999 del director de su institución se le concedió un complemento de pensión de

12.275 ptas, al mes en catorce pagas cada año, haciendo constar que dicho complemento tendria carácter variable, siendo reducido de oficio anualmente en la misma cuantia en que se incremente la pensión de jubilación reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en cualquier caso, y que el importe del complemento estara sujeto a la...

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