STSJ Comunidad Valenciana , 2 de Abril de 2002

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJCV:2002:3629
Número de Recurso2705/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2002
EmisorSala de lo Social

R.C. Sent. 2705/00 R.C. Sent. 2705/00 Recurso contra Sentencia núm. 2705/2000 Ilmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer Presidente Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora Ilma. Sra. Dª Mª Gracia Martínez Camarasa En Valencia, a dos de Abril de dos mil dos La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2084/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 2705/00, interpuesto contra la sentencia de fecha 24 de Mayo de 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Valencia, en los autos núm. 665/00, seguidos sobre Gran Invalidez, a instancia de D. Alfredo , asitido del Letrado Rafael Cruañes Garcia, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Gracia Martínez Camarasa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 24 de Mayo de 2000, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda interpuesta por Rita , sustituida a su fallecimiento por su esposo Alfredo , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo al demandado de las peticiones contenidas en el suplico de la demanda.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La originaria actora, Rita , mayor de edad, con D.N.I. NUM000 nacida el 9-12-53 ha sido alta en Seguridad Social Régimen General, con número de afiliación a la Seguridad Social NUM001 , viniendo realizando tareas de ATS/DUE en el Servicio Valenciano de Salud, Conselleria de Sanidad. SEGUNDO.- Por la actora e solicitó del INSS su declaración de gran invalidez siendo denegada por el INSS que en resolución de fecha 27- 9-99 declaro a la actora incursa en situación de incapacidad permanente absoluta, formulando frente a la misma en fecha 12-11-99 reclamación previa con el fin de que se le reconociese la situación de gran invalidez, desestimada por resolución de fecha 7-12-99 TERCERO.- Deduce demanda la parte actoa para que se le declare en situación de Invalidez Permanente grado de gran invalidez. CUARTO.- La originaria actora Rita sufría al momento de ser valorada de un carcinoma un colon con implantes en ambos ovarios y metástasis en lóbulo hepático izquierdo, habiendo tenido antecedentes de reacción disociativa, psicosis atípica y trastorno depresivo desde 1977, siendo tratada con quimioterapia que así como psicofarmacos que han empeorado sus dolencias psíquicas, requiriendo su tratamiento de ayuda, requiriendo de ayuda de tercera persona para las actividades de la vida diaria que requieran un mínimo de atención así como para la administración de los medicamentos que su tratamiento requiere, habiendo fallecido tras un progresivo deterioro de su estado la misma en fecha 7-2-00 personándose en autos en nombre de la herencia yacente su esposo Alfredo . ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda presentada en la que se interesaba el reconocimiento de la invalidez permanente en grado de Gran Invalidez, interpone la parte actora recurso de suplicación, y en un primer motivo redactado al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral -en adelante, LPL-, solicita la revisión del hecho probado cuarto de la sentencia a fin de que se rectifique el mismo en lo referente a la fecha de efectos, quedando redactado de la siguiente forma:

"La base reguladora es de 233.667 ptas. y la...

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