STSJ País Vasco , 20 de Mayo de 2003
Ponente | LUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA |
ECLI | ES:TSJPV:2003:2458 |
Número de Recurso | 1608/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1608/00 DE ORDINARIO.LEY 98 SENTENCIA NUMERO 387/03 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON ANGEL RUIZ RUIZ MAGISTRADOS:
DON LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA DOÑA MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En BILBAO, a veinte de mayo de dos mil tres.
La Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1608/00 y seguido por el procedimiento ORDINARIO LEY 98, en el que se impugna: la Orden de 22 de junio de 2.000 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco que aprueba las bases gnerales que han de regir los procesos selectivos para el ingreso como funcionario de carrera al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca.
Son partes en dicho recurso:
- DEMANDANTE: COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE BIZKAIA, representado por la Procuradora AMAIA LAURA MARTINEZ SANCHEZ y dirigido por Letrado.
- DEMANDADA: ADMINISTRACION GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO, representado y dirigido por el LETRADO DEL GOBIERNO VASCO Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA
El día 18 de agosto de 2000 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. AMAYA LAURA MARTINEZ SANCHEZ actuando en nombre y representación de COLEGIO OFICIAL DE
VETERINARIOS DE BIZKAIA, interpuso recurso contencioso- administrativo contra la Orden de 22 de junio de 2.000 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco que aprueba las bases gnerales que han de regir los procesos selectivos para el ingreso como funcionario de carrera al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca; quedando registrado dicho recurso con el número 1608/00.
En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimando íntegramente el presente recurso, declare la nulidad y subsidiariamente anule la resolución impugnada al ser contraria al ordenamiento jurídico, con las consecuencias legales inherentes.
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso contencioso-administrativo y se declaren conformes a derecho las bases recurridas, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.
Por auto de 7.5.02 se fijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las admitidas con el resultado que obra en autos.
En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían...
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STS, 12 de Marzo de 2008
...de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 20 de Mayo de 2003, que desestimó el recurso num. 1608/2000 promovido por el citado recurrente, contra la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, de 22 de Junio de 2......