STSJ País Vasco , 9 de Abril de 2003

PonenteANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL
ECLIES:TSJPV:2003:1859
Número de Recurso1669/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1669/01 ORDINARIO LEY 98 SENTENCIA NUMERO 289/2003 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA I. RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

DON JOSE A. ALBERDI LARIZGOITIA DON ROBERTO SAIZ FERNÁNDEZ En BILBAO, a nueve de abril de dos mil tres.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1669/01 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Arrasate de fecha 2 de abril de 2001 que estasbleció una moratoria por plazo de un año para la instalación de nuevas antenas de telecomunicaciones, tanto de telefonía móvil como fija. Asimismo se aprobó la elaboración, en ese plazo, de una Ordenanza, y la realización por parte del Departamento Municipal de Medio Ambiente de un diagnóstico de la situación actual de municipio en materia de instalación de antenas, así como el encargo de elaboración de informes fundados y contrastados que puedan ayudar a "aclarar el estado de duda y preocupación existente en la actualidad". Se publicó en el BOG de 7.6.2001 Son partes en dicho recurso: - DEMANDANTE: RETEVISION MOVIL S.A., representado por la Procuradora SRA.ALVAREZ DE AMÉZAGA y dirigido por el Letrado SR.ALVAREZ-SALA. - DEMANDADA:

AYUNTAMIENTO DE ARRASATE-MONDRAGON, representado por el Procurador SR.ARENAZA ARTABE y dirigido por los Letrados SR.LANDA MENDIBE y SR.URQUIZA UGARTE.

Ha sido Magistrado Ponente la Iltma. Sra. DOÑA ANA I. RODRIGO LANDAZABAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 1 de agosto de 2001 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que la Procuradora SRA.ALVAREZ DE AMEZAGA actuando en nombre y representación de RETEVISIÓN MOVIL S.A., interpuso recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Arrasate de fecha 2 de abril de 2001, que estableció una moratoria por plazo de un año para la instalación de nuevas antenas de telecomunicaciones, tanto de telefonía móvil como fija. Asimismo se aprobó la elaboración, en ese plazo, de una Ordenanza, y la realización por parte del Departamento Municipal de Medio Ambiente de un diagnóstico de la situación actual de municipio en materia de instalación de antenas, así como el encargo de elaboración de informes fundados y contrastados que puedan ayudar a "aclarar el estado de duda y preocupación existente en la actualidad". Se publicó en el BOG de 7.6.2001; quedando registrado dicho recurso con el número 1669/01.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que declare la nulidad de la moratoria por: - suponer una vulneración del principio de igualdad, - carecer de motivación, - haber sido dictado por órgano manifiestamente incompetente, - suponer una intromisión en las competencias exclusivas del Estado, dejando sin efecto la misma, - no ser ajsutada a derecho, dejando sin efecto la misma.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso con imposición de costas al recurrente.

CUARTO

Por auto de 19 de abril de 2002 se fijó como indeterminada la cuantía del presente recurso; asímismo, se recibió a prueba, que se desarrolló con el resultado que obra en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 03/04/03 se señaló el pasado día 08/04/03 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Arrasate acordó con fecha 2 de abril de 2001 establecer una moratoria por plazo de un año para la instalación de nuevas antenas de telecomunicaciones, tanto de telefonía móvil como fija. Asimismo se aprobó la elaboración, en ese plazo, de una Ordenanza, y la realización por parte del Departamento Municipal de Medio Ambiente de un...

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