STSJ La Rioja , 17 de Diciembre de 2002
Ponente | JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS |
ECLI | ES:TSJLR:2002:954 |
Número de Recurso | 27/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
En la ciudad de Logroño a 17 de diciembre de 2002 La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos Srs. D. Félix Méndez Canseco, que la preside, D. Jesús Miguel Escanilla Pallás y D. José Ignacio Ruiz de Palacios Villaverde, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, la siguiente:
SENTENCIA N° 563 Vistos los autos correspondientes al recurso de apelación n°27-2002 interpuesto por la representación de Jose Enrique contra la sentencia n°69 del Juzgado de lo Contencioso de Logroño desestimatoria del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra Resolución del Ministerio de Administraciones Públicas de fecha 2 de julio de 2001 por el que se deniega la incorporación del demandante a MUFACE.
I.
Por el juzgado de primera instancia se dictó con fecha 13 de marzo de 2002 de sentencia, cuya parte dispositiva dice literalmente: Fallo." Que debiendo desestimar como desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Miguel Ángel ...debo declarar la misma conforme a derecho ".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Sala de lo Contencioso- Administrativo, previo emplazamiento de las partes. Personado en tiempo y forma el apelante y personado en tiempo y forma también la parte apelada, se siguió este recurso por sus trámites.- ".
Emplazadas en tiempo y forma las partes, no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni la celebración de vista o la presentación de conclusiones y no estimándolas procedentes tampoco este órgano jurisdiccional, conclusas las actuaciones por todos sus trámites el día 22 de octubre de 2002 se reunió la Sala, formada por los Magistrados que figuran en el encabezamiento, para la votación y fallo del asunto.
En la tramitación de estos autos en ambas instancias, se han observado las formalidades y términos legales.- Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.- II.-
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